
Además de limitar la circulación de personas, el estado de alarma restringirá también la actividad económica, quedando suspendida buena parte del comercio minorista. Tal y como dijo Sánchez en la noche del
sábado 14 de marzo, solo se librarán de estas limitaciones establecimientos cuya actividad se considera de primera necesidad, aunque hay matices. «Queda suspendida toda actividad comercial minorista, a excepción de los comercios de alimentos, bebidas y productos de primera necesidad, centros farmacéuticos, médicos, ópticas, de productos ortopédicos, higiénicos, de prensa, de combustibles, estancos, de equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, alimentos para animales de compañía, tintorerías, peluquerías, comercio por internet, telefónico o por correspondencia», dijo anoche Sánchez en su comparecencia tras el Consejo de Ministros. A los comercios esperados (como supermercados o farmacias) se suman otros sectores que, aunque en principio puedan parecer prescindibles, podrán seguir abiertos mientras dure el estado de alarma que espera combatir el coronavirus. Tras la intervención de Sánchez fue muy comentada la permanencia de los estancos, tintorerías o peluquerías. Estas dos últimas, según explicaron después desde La Moncloa, atenderían a criterios de higiene. Las tintorerías porque se encargan en ocasiones de la limpieza del textil hospitalario o asistencial y las peluquerías porque resultan imprescindibles para aquellas personas que, con movilidad reducida o lesiones, no tienen cómo lavarse la cabeza. Choca esta decisión con la determinación individual de muchos establecimientos de peluquería madrileños que, al amparo de las medidas adoptadas por los gobiernos regional y local durante esta crisis del coronavirus, eligieron cerrar uno o dos días antes de la intervención de Sánchez tras el agitado Consejo de Ministros del sábado 14 de marzo. Sea como sea, las peluquerías que quieran seguir abiertas podrán hacerlo, aunque nunca podrán convertirse en centros de reunión o de ocio, tal y como explicó también ayer el presidente del Gobierno: «Los desplazamientos solo podrán realizarse de manera individual, salvo que sea acompañando a las personas con dificultades de movilidad. Estas últimas podrán ir acompañadas». Los centros comerciales, para lo indispensable ¿Qué pasa con los centros comerciales durante la crisis del coronavirus? ¿Cierran con el estado de alarma? La respuesta es «no», pero sí se restringe mucho su uso habitual. Según el artículo 10.2 del Real Decreto, «la permanencia en los establecimientos comerciales cuya apertura esté permitida deberá ser la estrictamente necesaria para que los consumidores puedan realizar la adquisición de alimentos y productos de primera necesidad, quedando suspendida la posibilidad de consumo de productos en los propios establecimientos. En todo caso, se evitarán aglomeraciones y se controlará que consumidores y empleados mantengan la distancia de seguridad de al menos un metro a fin de evitar posibles contagios».
FUENTE DIARIO ABC: