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HISTORIA REPETIDA

Redacción TN by Redacción TN
27 noviembre, 2011
in Opinion
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 2. Fue el barrio porteño de Barrancas de Belgrano mi primer hogar; en el recuerdo los orígenes por cierto humildes y cargados de sacrificios de mi progenitor.

    3. Nacido el 23 de julio de 1923 en la localidad cordobesa de las Perdices el doctor Agustín E. Tiscornia, tempranamente huérfano de padre, llegó a la gran ciudad de Buenos Aires junto a sus dos hermanos – Juan y Catalina Tiscornia- para afincarse en el modesto barrio de San Telmo.

    4. Allí el doctor Tiscornia empleado en una carbonería comenzaba a forjar su futuro profesional en el ámbito de la abogacía; trabajaba doble turno sin descanso; logró ingresar como meritorio a temprana edad a un Juzgado Civil de la Capital Federal.

    5. Rápidamente accedió a su título habilitante, y de allí, sustentado en una colosal capacidad de trabajo e incontrovertible aptitud intelectual el doctor Agustín E. Tiscornia accedió al ejercicio de la magistratura con 32 años cumplidos.

    6. Era el magistrado requerido por sus colegas cuando llegaba el turno de subrogar Tribunales vacantes o colegas en vacaciones.
 
    7. Así los colegas Mario Figueroa Alcorta y Alberto Gartland no titubeaban en confiarle sus despachos al Dr. Agustín E. Tiscornia.

    8. Llegaría el año 1967 y el doctor Tiscornia aplicaba la misma intensidad y atención en los despachos subrogados que la que aplicaba habitualmente  en la sede  del Juzgado Civil nª11 cuya titularidad  ejerció.

      9. Los destinos de la República Argentina eran regidos por aquel entonces por el Teniente General Juan C. Onganía; y dos decisiones adoptadas por el doctor Tiscornia en los Juzgados subrogados desatarían el desagrado de importantes factores del empresariado de aquel mismo entonces.

    10. El lobby llegaría, a través de los titulares del estudio Fernández Gallardo, vinculados a María Emilia Green Urien de Ongania, al despacho presidencial del conductor de aquel estado gendarme.
    11. El propietario del emporio Bencich desataría toda su ínfula revanchista sobre aquel verdadero motor encargado de la atención de los despachos de los doctores Figueroa Alcorta y Gartland.

    12. La maniobra desestabilizadora no se hizo esperar; el entonces Presidente de la Corte Suprema de Justicia del estado gendarme – Luis María Cabral- acataba al pie de la letra la orden directa de Onganía que bajo a través del entonces titular de la Secretaría de Inteligencia del Estado –Gral. Julio Señorans-.

    13. El 14 de noviembre de 1967 un grupo de tareas de la misma Secretaría de Inteligencia en horas de la tarde irrumpía violando el domicilio familiar sito en la calle Tres de Febrero 1866, piso 7, Capital Federal, y a punta de pistola agredieron a quien suscribe y a la empleada doméstica.

    14. Por fortuna tanto el doctor Tiscornia y la Escribana Valotta se encontraban fuera del domicilio familiar; tres horas de encierro y una horda que lo revolvía todo pero sin llevarse efectos de valor. Nada trivial por cierto.

    15. El doctor Tiscornia rápidamente buscó refugio en las garantías constitucionales del gobierno presidido por el doctor Oscar Gestido en la República Oriental del Uruguay, escapando de la dictadura de Onganía.
    16. Desde lo episódico se recuerda le súbita muerte del doctor Gestido aquel mismo mes de noviembre de 1967 y la natural sucesión en el mando del ungido vicepresidente  -Dr. Jorge Pacheco Areco-

    17. El requerimiento extraditorio no se hizo esperar y tal era la obsesión por obtener el regreso del doctor Tiscornia a la Argentina, que el primer pedido fue rechazado por la Justicia uruguaya, dado lo improcedente del planteo.

18. Pero habría más, un grupo de tareas organizado por el mismo General Julio Señorans, siguiendo específicas instrucciones del dictador Onganía se aprestaba a ingresar clandestinamente a territorio uruguayo con el firme propósito de secuestrar ilegalmente al doctor Tiscornia y cargárselo por la fuerza hacia Buenos Aires.

19. Alertado de esa intentona el doctor Alberto Iribarne Fabregat, prestigioso jurista del foro abogadil de Montevideo, y asistente profesional del doctor Tiscornia, puso en sintonía al por entonces Ministro del Interior de la República Oriental del Uruguay acerca de tal posibilidad.
20. Fue así que el doctor Jorge Peirano Facio llevó la inquietud al mismo Presidente –doctor Jorge Pacheco Areco-; la llamada a su par argentino no se hizo esperar.

21. El conductor constitucional uruguayo le sugirió a su par gendarme de la Argentina que se ahorrara un seguro escándalo diplomático, desde el momento en que el Uruguay no permitiría ningún avasallamiento a la jurisdicción uruguaya a la que estaba sujeto el doctor Tiscornia dadas las vicisitudes específicas del respectivo trámite extraditorio impulsado desde la Argentina.
22. Por entonces el doctor Tiscornia un hombre de cuarenta y cuatro años de edad optó por privilegiar  obvios factores familiares ( sus dos hijos tenían 14 y 18 años de edad respectivamente), y eligió tomar   el riesgo de retornar a la Argentina conducida  ya  en el año  1970 no  precisamente por Onganía sino que el General Roberto Marcelo Levingston quien tras una breve gestión dio su lugar al  General Alejandro Agustín Lanusse en la conducción de aquel recordado  estado gendarme.

23. El doctor Tiscornia conoció el escarnio público, la prisión, un procesamiento en un trámite judicial donde se ventilaba una presunta estafa, cuyo derrotero judicial llevaría hasta el año 1992 ( esto es,  25 años de tramitaciones desde 1968 sin arribarse a un pronunciamiento de sentencia lo que no deja de constituir un verdadero record en materia de morosidad judicial).

24. Con el advenimiento de la gestión constitucional del doctor Héctor J. Cámpora en 1974 el doctor Tiscornia recuperó su libertad.

25. Y  en 1992 el entonces Presidente –doctor Carlos S. Menem-  y al solo y único  efecto de  aminorar la inexorable responsabilidad internacional del Estado Argentino por los irreparables daños provocados al doctor Tiscornia, decidió indultarlo de oficio ( esto es que quede claro el doctor Tiscornia no solicitó ni pidió la concesión de tal gracia presidencial).

26. Y llegó el momento en que ante la inminente caída del Estado Argentino en responsabilidad internacional, la Corte Interamericana  sobre Derechos Humanos puso las cosas en su lugar restituyendo el doctor Tiscornia a su estatus judicial recuperando desde entonces  su haber jubilatorio como magistrado, esto es, luego de casi treinta años el doctor Tiscornia conocía el sabor de la reivindicación merced a la actividad jurisdiccional del mencionado órgano supranacional.

27. Pero quien suscribe también repitió –en alguna medida- esa misma historia, esto es, en un primer estadio en lo que toca al acceso a la magistratura argentina,  y luego  la destitución del cargo de juez nacional, y ahora en el largo derrotero  ante el mismo órgano supranacional, donde –a no dudarlo- continúa  el ejercicio de la correspondiente pretensión contra el Estado Argentino.

28. Sobre las modulaciones específicas del caso que llevaron a que la misma Presidente de los argentinos –Dra. Cristina Fernández de Kirchner- utilizara la cadena oficial de radio y televisión para impulsar y disciplinar a quienes debían encargarse de eyectarme de la Justicia, ya me he expedido al detalle en este mismo portal y en ocasión de varias columnas . No se trata en este caso  de agotar al lector con estériles reiteraciones.

29. Si Dios no llegara a  quitarle  la vida a quien suscribe la presente, quizás mis propios hijos puedan disfrutar –igual que yo lo hice con mi propio señor padre- del inigualable sabor de la reivindicación.

30. Y a propósito del doctor Luis María Cabral (h), a la sazón  verdadero artífice de la maniobra desestabilizadora urdida en mi contra y disciplinada por la orden pública dada por la Presidenta de los argentinos aquel 24 de julio de 2.007, quizás el mismo doctor Cabral deba cargar todo el resto de  su vida  con el legado dejado por su propio padre, recordado como verdadero paradigma de la dictadura militar, al haber ejercido funciones jurisdiccionales durante la gestiones de Juan C. Ongania ( en la presidencia de la Corte Suprema del Estado Gendarme), y de Jorge R. Videla (Procuración General de la Nación).

31. Sin duda, el  oprobio  será entonces patrimonio exclusivo para el doctor Cabral (h), oprobio que –desde ya- nunca podría cargarse a la mochila del ya difunto doctor Agustín E. Tiscornia, a quien absolutamente nadie podrá vincular –nunca jamás- a factor dictatorial alguno.  
Saludo al señor Director muy atte..

Guillermo J. Tiscornia
Ex juez en lo Penal Económico
guilletisco@hotamail.com        

Tags: HISTORIA REPETIDAOpinión
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