Días pasados recibí un mensaje del usuario GABRIEL (colega y estrecho colaborador de este medio) que decía lo siguiente:
Héctor, no sé si estás al tanto del proyecto que está por tratar el Senado con respecto al control de armas. Por las dudas, te lo adjunto.
Si lo lees bien, a pesar de que parece que es un compendio de las leyes, decretos y reglamentaciones RENAR actuales elevándolas a la categoría de ley, en realidad tiene cosas gravísimas.
1) Se contradice con la libertad constitucional de “usar y disponer de la propiedad”, por cuanto dejás de ser “legítimo usuario” y pasás a ser “persona autorizada” por el Estado. O sea, la propiedad de un arma deja de ser un derecho para pasar a ser una excepción que te otorga el Estado, aunque el arma la pagás vos. Pero luego tiene disposiciones que, por ejemplo, te pueden obligar a vender un arma de tu propiedad en un plazo cortísimo (con lo que seguro que terminás regalándola a precio vil).
2) Contempla la posibilidad de secuestrar y destruir material sin indemnización alguna, en contra del principio de que las expropiaciones tienen que ser por ley previa y con indemnización.
3) Transforma el derecho a la legítima defensa en ilusorio, definiendo como “excepcional” el otorgamiento de tenencias por causa de defensa propia.
Estas apreciaciones por parte de Gabriel, las consideré una excelente oportunidad para que Universo Armas haga su aporte al respecto en este nuevo debate sobre el derecho de los legítimos usuarios. Pero primero, antes de introducirnos de lleno en el terreno de las interpretaciones y los comentarios (cuando digo comentarios, digo opiniones, digo aportes constructivos, no discursos cargados de agresiones e insultos hacia ninguna persona, sea esta funcionario o no), les acerco el material necesario para que cada uno elabore sus conclusiones y dudas, llegado el caso. En primer lugar, cliqueando sobre el siguiente link, van a encontrarse con la vigente Ley de Armas y Explosivos Nº 20.429 y sus modificatorias.
http://www.redproteger.com.ar/Legal/armas_y_explosivos/ae_ley_20429_texactualizado.htm
Ahora vamos con el texto completo (en formato PDF) del proyecto de ley propuesto por la senadora nacional, por el partido Justicialista de Salta, Sonia Margarita Escudero, y que será tratado por el Congreso de la Nación el próximo 29 de septiembre (oficialmente el proyecto ingresó para su tratamiento el 23 de marzo, próximo pasado).
De acuerdo a declaraciones realizadas por la senadora escudero y reproducidas por varios medios informativos gráficos y on line, en términos generales este proyecto de ley “implica cambiar el paradigma actual de seguridad nacional por una legislación que ponga el énfasis en la seguridad ciudadana“. “El objetivo, en definitiva, es reducir la tenencia de armas en manos de la sociedad civil, y reducir los índices de muertes por armas de fuego que son alarmantes”. En tal sentido, la funcionaria a citado algunos ejemplos (sobre los cuales jamás mencionó las fuentes): del total de homicidios dolosos, el 63% se produjo mediante el uso de armas de fuego, mientras que en los robos ocurridos en el Gran Buenos Aires, en el 78,2% de los casos se utilizó un arma de fuego. Siempre de acuerdo a palabras de la senadora reproducida por medios periodísticos
“La normativa vigente es un texto absolutamente anacrónico y desordenado en un sinfín de decretos y resoluciones del Renar”. “Ello provoca, entre otras consecuencias, la falta de seguimiento de las autorizaciones otorgadas. Tal es así que entre 1993 y 2004 174.874 usuarios no renovaron su licencia ni entregaron sus armas; se estima que se perdió el control de 300.000 armas”.
Entre las principales modificaciones contenidas en la propuesta, cabe destacar: la eliminación de la diferenciación entre armas de guerra y de uso civil. Escudero en este sentido sostuvo que para la futura ley “todas las armas son peligrosas”.
Ahora bien, este proyecto de ley ingresará al senado nacional con un paquete de medidas que incluyen la declaración de la emergencia en materia de seguridad por un año, la situación de los desarmaderos y la posibilidad de implementar un servicio cívico solidario.
Como legítimo usuario y profesional de las comunicaciones, consustanciado con los temas que atañen a la seguridad, debo decir que este debate próximo a generarse en el senado difícilmente vaya a traer soluciones sustanciales a la postergada lucha contra el delito. ¿O acaso el delito se hizo presente de repente durante este siglo XXI cambalache?
Salvo el proyecto dedicado a atacar el robo de automótores con especifidad, y el que propone crear un programa de contención de jóvenes en situación de riesgo social (Servicio Cívico Voluntario) tendiente a lograr capacitación e inserción laboral utilizando instalaciones y personal de las Fuerzas Armadas, el resto (declarar la emergencia en materia de seguridad por un año y el probable cambio de la ley de Armas y Explosivos) me parece que no va a sumar nada sustancial al meollo de la cuestión.
¿Emergencia en materia de seguridad por un año? Seguridad y emergencia son términos que un punto se hermanan, se transforman en sinónimos, y no soportan acotaciones en el tiempo. Seguridad y emergencia es siempre. Las soluciones en seguridad no se dan de un día para otro (o, en este caso, de un año para otro). Posiblemente alguna vez entiendan que la seguridad, como el resto de los temas que hacen a un país, requieren de políticas consensuadas a largo plazo con criterio y no basada en debates caprichosos y más efectistas que efectivos. Sin embargo, subrayo, si esta emergencia va a servir para que, a quien le corresponda, se haga cargo de proveer del necesario equipamiento individual que hasta el momento la mayoría del personal policial (federal y provincial) se compra con sus propios dineros, bienvenido sea. Mejor aún (ahí ya compro silbato, matraca y serpentinas), si suma en cuanto a brindarles municiones para las impostergables prácticas de tiro y les otorgan la capacidad de preparación / actualización en técnicas operativas. Cuestiones estas últimas – no se si lo saben los legisladores que proponen estos debates – a las que muy pocos policías pueden acceder porque en la mayoría de los casos son actividades autofinanciables (o sea que salen del sueldo del personal).
Son interesantes las estadísticas presentadas por la senadora Escudero (sobre las que queda pendiente para otra oportunidad que nos cuente de que fuentes provienen) y en las que muestran cuan mortales pueden ser ciertas máquinas (en este caso las armas de fuego). Seguramente que la senadora no se ha percatado que la letalidad de las máquinas no está dada por&
nbsp;generación espontánea sino por la acción (y las intenciones) que ejercen los operadores sobre ellas. Pero supongamos que cuando la senadora infiere que ”todas las armas son peligrosas” alguien puede darle la razón, y es entonces inevitalble traer a tema que no son las armas de fuego las máquinas que más vícitimas provocan en nuestro país, sino que son los automotores (o mejor dicho, quienes conducen esas máquinas). Veamos números de las vícitimas en el tránsito (fuente: Asociación Civil Luchemos por la Vida).
Estadística año 2009. Cifras provisorias al 5/1/2010: 7885 muertos *. Promedio diario: 22 – Promedio mensual: 657. 
Estadística año 2008. Cifras provisorias al 2/1/2009: 8205 muertos *. Promedio diario: 22 – Promedio mensual: 683.
Estadística año 2007. Cifras provisorias al 3/1/2008: 8104 muertos *. Promedio diario: 22 – Promedio mensual: 676.
* Las cifras del presente son proyección de los datos habidos hasta el presente, aplicados al nuevo lapso, e incluyendo fallecidos en el hecho o como consecuencia de él, hasta dentro de los 30 días posteriores, según el criterio internacional más generalizado. Las cifras utilizadas son las últimas disponibles (oficiales, de origen policial o municipal, la mayoría), actualizadas. Como la gran mayoría de las cifras originales sólo computan los muertos en el momento del accidente, las mismas también han sido corregidas según índices internacionalmentes aceptados, a fin de permitir una apreciación, estudio y comparación seria de la mortalidad en la accidentología vial argentina.
Aún habiendo visto estas preocupantes estadísticas, ¿a alguien se le ocurriría algún tipo de medida restrictiva general, indiscriminada, sobre la adquisición de los automotores por parte de particulares? La respuesta, con lógica, es: no.
Las armas de fuego que se usan en delitos en la Argentina no surgen del “arsenal” de los legítimos usuarios sino de la triple frontera, producto de robos a personal o a dependencias policiales (o de otras fuerzas de seguridad) y a unidades militares, y de organizaciones delictivas que cuentan con contactos dentro de las instituciones y que se especializan en esperar el momento propicio para hacerse de materiales.
No quisiera extenderme mucho más sobre el asunto, simplemente resaltar que invité personalmente en el contexto de Armas 2010 (entre el 19 y el 29 de agosto, pasado), al presidente de la Asociación de Legítimos Usuarios y Tenedores de Armas (ALUTARA), señor Américo A. García, a que hiciera las apreciaciones que considerará sobre este tema (de la misma manera queda también invitada la senadora Escudero para que, llegado el caso, haga las acotaciones debidas).
Como legítimo usuario no me resisto a que tratemos una nueva ley de armas y explosivos pero no aprovechando la instalación del tema por ninguna agenda o porque alguien quiere lograr un efecto, hagamoslo con conciencia y sin apasionamientos. En seguridad, mezclar falta de conciencia con apasionamientos, es servirse un trago amargo con gusto a fracaso …esperemos, deseo fervientemente por el bien de todos, que me equivoque.
20 Comentarios
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Gabriel,
Te agradezco tu respuesta. Sin ánimo de generar un contrapunto aburrido, dejame comentar un par de cositas mas sobre lo que me decís. Creo honestamente que entre “legítimo usuario” y “persona autorizada” hay solo una cuestión semántica y no una diferencia filosófica. Sí estoy de acuerdo que la nueva ley debería zanjar esto homogeneizando la terminología. Pero salvo honrosas excepciones, nuestros legisladores no suelen ser de un tiempo a esta parte expertos en palabras.
Respecto de la destrucción por falta administrativa posiblemente sea una medida un poco límite, pero viendo el uso específico de un arma no me puedo imaginar algo intermedio. Fijate el tema de los vehículos que no los destruyen, pero si cometés determinadas faltas, te lo sacan y va a parar al galpón y hay es probable que, dependiendo del monto de la infracción, no lo recuperes. Y no sé si en este caso se conculca el derecho de propiedad.Respecto de el tema de la legítima defensa tengo que decirte que no estoy para nada de acuerdo con tus argumentos: lo que habla la Declaración Universal de DDHH es de la legítima defensa entre estados, no entre particulares. Por otro lado y a diferencia de la Constitución Americana, cuya segunda enmienda reconoce el derecho de sus ciudadanos a portar armas, en nuestro marco jurídico ese derecho no está reconocido ya que es una facultad delegada en el Estado y no es “eligible” no se pude decir “bueno, como el Estado no me defiende, me defiendo yo mismo”. Y si bien es cierto que quien puede lo mas puede lo menos, en el marco de armarse no es aplicable ya que lo que dice la Constitución es respecto de la defensa de la Patria y no la defensa personal, por lo que te dije antes.
En fin, un gusto poder debatir en paz un tema medio complicado como este en el marco de la siempre presente inseguridad y en la guita que está implícita cuando de armas se habla por el precio que tienen y, aparte, la relación que sus dueños tiene con ellas. Espero que se encuentre una solu
ción que satisfaga a todos. Un saludo cordial. -
Hector: muchas gracias por permitir mi comentario , pero no pense que las dos palabras que borraste fueran ofensivas.
La verdad no sabía que la Senadora Escudero Fuera anti K , ahora que lo se , también le digo a los Senadores y Diputados de la oposición lo mismo que le dije a la Senadora: Srs. Senadores y Diputados son mas de 4.800.000 votos , no los pierdan por votar una ley absurda , que no tiene asidero , no se condenen a una muerte política segura ; la ley de armas de la República Argentina es un ejemplo en el mundo y los LU tenemos que pasar por innumerables controles antes de poder serlo , no hay persona mas controlada que un LU en nuestro bendito país. -
Si Miguel Angel, para este blog esas dos palabras eran descalificatorias sin ningún sentido. Gracias por entender las reglas de este blog que presido. Abrazo. Héctor Velázquez.
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Quiero felicitar publicamente a los usuarios Daniel y Gabriel (y por extensión a todos los usuarios que vienen participando en este intercambio de opiniones) por el nivel de sus comentarios, llenos de contenido, de argumentos, y lo más valioso…sin empeños caprichosos y menos acudiendo a una batería de insultos y adjetivos descalificativos (que en este momento, nadie lo ignora, abundan en la net). Saludos. Héctor Velázquez
Miguel Angel. Permití tu comentario pero suprimiendo ciertos términos ofensivos innecesarios. Una aclaración: la senadora es, desde enero de 2009, opositora a la actual gestión (o sea, que hoy pertenecería al justicialismo disidente). Te dejo saludos. Héctor Velázquez
septiembre 10, 2010 en 3:51 am