
• Lo hizo a través de la resolución general 4506/2019 publicada hoy en el Boletín Oficial
• En la resolución la AFIP indicó que las obligaciones de presentación de las declaraciones juradas de las personas humanas y sucesiones indivisas regirá hasta el 16 de julio próximo, para todas las terminaciones de CUIT.
• El mismo plazo rige para las empresas o explotaciones unipersonales y las sociedades.
• Los beneficiarios de las rentas financieras podrán -con carácter de excepción- efectuar la presentación de las declaraciones juradas informativas hasta el 24 de julio.