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Cepo al dólar: qué dice la resolución de la AFIP con la percepción del 35% a cuenta de Ganancias y Bienes Personales

Redacción TN by Redacción TN
16 septiembre, 2020
in Economia
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Horas después de que el titular del Banco Central, Miguel Pesce, anunciara un paquete de medidas para desalentar la compra de dólares, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)

oficializó en el Boletín Oficial la percepción del 35% a cuenta de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales para la adquisición de moneda extranjera.

La resolución 4815/2020, que lleva la firma de la titular del organismo, Mercedes Marcó del Pont, establece el “régimen de percepción que se aplicará sobre las operaciones alcanzadas por el Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS)”, de conformidad con el artículo 35 de la Ley N° 27.541.

El texto señala que no estarán sujetos al régimen los gastos referidos a prestaciones de salud, compra de medicamentos, utilización de plataformas educativas y los gastos asociados a proyectos de investigación por el Estado y universidades. Tampoco estará incluida la adquisición de materiales de equipamiento y bienes destinados a la lucha contra el fuego y la protección civil de la población.

En el caso de los monotributistas, trabajadores en relación de dependencia y jubilados que realicen compras en moneda extranjera, al ser “sujetos no pasibles” de la percepción, podrán solicitar el reintegro del 35%.

 

“Las percepciones practicadas tendrán, para los sujetos pasibles, el carácter de impuesto ingresado y serán computables en la declaración jurada anual del Impuesto a las Ganancias o, en su caso, del impuesto sobre los bienes personales, correspondientes al período fiscal en el cual fueron practicadas”, añadió.

En tanto, aquellas personas que no tributen Ganancias y Bienes Personales “podrán solicitar la devolución de gravamen percibido una vez finalizado el año calendario en el cual se efectuó la percepción”, informando a la AFIP el CBU de la cuenta bancaria a través del sitio web.

“En el supuesto de que hubiera percepciones no informadas, el sistema permitirá incorporarlas manualmente, a partir del mes subsiguiente a la fecha en que fueron practicadas (…). En todos los casos se deberá disponer del extracto bancario, resumen, liquidación de la tarjeta, comprobante, factura y/o documento equivalente de que se trate, en el cual conste la percepción que se está informando y, en su caso, la fecha del comprobante”, indicó la resolución.

El Gobierno justificó las medidas por la situación económica y explicó: “Estos esfuerzos fiscales deben ser compartidos por los distintos sectores económicos, fundamentalmente por aquellos que pueden acceder a la compra de divisas en moneda extranjera o realizar determinados gastos en dicha moneda, lo cual constituye un indicador de capacidad contributiva“.

El presidente del Banco Central, Miguel Pesce, anunció las nuevas medidas.

El presidente del Banco Central, Miguel Pesce, anunció las nuevas medidas.

Según se anunció el martes, los ahorristas que quieran comprar dólares desde este miércoles deberán afrontar un nuevo tributo del 35% a cuenta de Ganancias. A la cotización del martes, cada billete estadounidense que se quiera atesorar no bajará de $ 130.

Además, los consumos en dólares con tarjetas de crédito se computarán dentro del cupo mensual de los US$ 200. Si una persona gasta US$ 100 con su tarjeta, le quedarán solo US$ 100 para poder acceder al dólar ahorro.

Todos los servicios nominados en dólares (Netflix, Spotify, suscripciones que se paguen a través de los sistemas de Apple, Google, o videojuegos) ocupan lugar en el cupo de los US$ 200. Lo que se gaste a través de esas vías, se descontará de los US$ 200, según explicaron en el Banco Central.

JPE

 
Clarín

 

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