
Baño de agua helada para la familia Franco tras conocerse la sentencia del Juzgado nº1 de Primera Instancia de La Coruña que determina que el Pazo de Meirás es de propiedad del
Estado y debe ser devuelto al mismo sin que, además, los herederos del dictador perciban un solo euro en concepto de indemnización por los gastos de mantenimiento del inmueble durante los últimos 45 años. Pero darán la batalla judicial hasta el final, según ha asegurado a ABC el albacea y abogado de los Franco, Luis Felipe Utrera-Molina. «La sensación es de profunda decepción», ha reconocido, «es una sentencia que no nos podíamos imaginar. Podemos entender que nos quitasen la razón, pero esta sentencia…» En la sentencia, conocida este miércoles, la juez Marta Canales estima que no cabe indemnizar a los Franco ya que han sido «poseedores de mala fe» del Pazo fruto de las irregularidades en el contrato de compraventa que el dictador suscribió en 1941. Además, se les imputa a los herederos las costas procesales. «Imputarles mala fe a mis clientes por una supuesta simulación del año 41 es increible», ha sostenido Utrera-Molina, «aprecio un desequilibrio importante, es un ensañamiento innecesario». Sobre la condena en costas, la jurisprudencia sostiene que debe repartirse entre demandante y demandado cuando un caso presenta «serias dudas de hecho y de derecho», pero la magistrada las carga sobre los Franco, a pesar de que en la sentencia reconoce «el peso histórico del proceso» y el «alto debate jurídico» suscitado durante la vista oral, que tuvo lugar el pasado mes de julio. «Mis clientes tenían la confianza de que se encontrarían una sentencia ajustada a derecho y no podemos decir que esta lo esté», ha añadido Utrera-Molina, «están ciertamente tristes y decepcionados, pero decididos a llegar hasta el final. Seguimos confiando en que la justicia se abrirá paso y se reconocerá su derecho». «Nadie puede sostener que mis clientes durante estos 44 años han poseído de mala fe cuando el Estado les giraba el IBI y lo abonaban, costearon de su bolsillo la reconstrucción del Pazo tras su incendio», ha lamentado el abogado, «cuanto menos la decisión de la juez es discutible». Recurso a la Audiencia Provincial Utrera-Molina ha confirmado a ABC que interpondrán recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de La Coruña, para el que disponen de veinte días hábiles desde la recepción de la sentencia. Tanto él como su compañero Antonio Gil Evangelista creen tener «todas las puertas abiertas» para impugnar este primer fallo, del que critican «que reproduce en un altísimo porcentaje los alegatos» de la Abogacía del Estado mientras que los presentados por la defensa «no son ni aceptados ni rebatidos», sencillamente «no han sido tenidos en consideración». «Es bastante decepcionante», ha reconocido Gil Evangelista en conversación con este periódico. Respecto a la posesión «de mala fe» que permite privar a los Franco de una indemnización por los gastos sufragados en el mantenimiento del Pazo, Gil Evangelista se muestra sorprendido porque la juez haya aceptado un argumento que no fue incorporado inicialmente por la Abogacía en su escrito de demanda. «No hubo nunca un requerimiento previo a la demada cuestionando el título de propiedad» de los herederos. Este giro en la estrategia de la Abogacía se materializó en la audiencia previa, celebrada en enero, y ahora lo asume plenamente la juez en la sentencia. «Esto no lo sostiene el ordenamiento legal, no es procesalmente válido», ha defendido el abogado de la familia, «es injusto que quienes se dejaron un dinero en rehabilitar el Pazo tengan que entregarlo sin recibir un solo euro». También ha generado sorpresa el hecho de que la juez no considere válidos los recibos del pago del IBI y los seguros sobre el Pazo aportados por la defens a, a pesar de que no considera acreditado que la contribución del inmueble la abonara ni el Estado ni el Ayuntamiento de Ferrol, como se llegó a especular en el juicio. «Si el Estado no impugna la veracidad del recibo, ¿cómo pruebo yo que Franco pagó una cantidad de dinero en el IBI en el año 50?», se ha preguntado Gil Evangelista. La sensación en la representación legal de los Franco es que, a la hora de elaborar el relato de hechos probados, solo se han tenido en cuenta «de manera sesgada y aislada» los argumentos del Estado, suscritos además por el resto de administraciones públicas demandantes —Xunta de Galicia, Diputación Provincial y ayuntamientos de La Coruña y Sada—. Utrera-Molina se ha mostrado más crítico al señalar que la sentencia «se basa en gran medida en los hechos narrados en un libro [«Un Pazo, un caudillo, un expolio», de Carlos Babío y Manuel Pérez Lorenzo] de unos historiadores antifranquistas. Llega a reproducir párrafos literales cuando esto no es una prueba plena, no es una escritura pública». «Hay afirmaciones en la sentencia de que determinados hechos no se consideran acreditadas pero que, sin embargo, se dan por probables. O se considera acreditado o no», ha recalcado, «hay un desequilibrio evidente en el relato de los hechos». Por ejemplo, el albacea echa en falta en la sentencia alguna referencia a la documental que aportó la familia, como «las declaraciones de la Renta desde 1950 en las que Franco declara como propiedad el Pazo y los rendimientos de la explotación agrícola».
FUENTE DIARIO ABC: