
Este lunes hubo quejas porque la página de la AFIP se saturó ante los vencimientos de las presentaciones de Bienes Personales y Ganancias, que comenzaban ese día y finalizaban este martes.
Las complicaciones hicieron que la AFIP estableciera, entonces, varias postergaciones de trámites, entre ellos las declaraciones juradas de esos impuestos, cuyos vencimientos operaban el 10 y 11 de agosto se considerarán cumplidas en término si se efectuaban hasta el 12 de agosto inclusive.
“La Resolución General Nº 4791 busca facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. La normativa también alcanza a las declaraciones juradas determinativas de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social correspondientes al período devengado julio 2020.
De esta forma, las presentaciones correspondientes a dichas obligaciones cuyo vencimiento opere los días 10 y 11 de agosto de 2020, se considerará cumplida en término si se efectúa hasta el día 12 de agosto de 2020, inclusive”, informó el organismo recaudador.
Además, la decisión de la AFIP contempla que la información nominativa de retenciones y/o percepciones practicadas en el curso del mes de julio de 2020, conforme las disposiciones establecidas en la Resolución General Nº 2233, cuyo vencimiento opere los días 10 y 11 de agosto de 2020, se considerará cumplida en término si se presenta hasta el día 12 de agosto de 2020, inclusive.
TEMAS QUE APARECEN EN ESTA NOTA
COMENTARIOS CERRADOS POR PROBLEMAS TÉCNICOS.ESTAMOS TRABAJANDO PARA REACTIVARLOS EN BREVE.
CARGANDO COMENTARIOS
Clarín
Para comentar debés activar tu cuenta haciendo clic en el e-mail que te enviamos a la casilla ¿No encontraste el e-mail? Hace clic acá y te lo volvemos a enviar.
Clarín
Para comentar nuestras notas por favor completá los siguientes datos.