
Sin hacer olas, la Inspección General de Justicia publicó este miércoles en el Boletín Oficial una resolución que impactará en el gobierno de las empresas. Así señala que las nuevas empresas
o asociaciones deberán tener en su directorio miembros femeninos en una relación de paridad con los masculinos.
La IGJ lo establece para las asociaciones civiles en proceso de constitución; las simples asociaciones que soliciten su inscripción en el registro voluntario; las sociedades anónimas que se constituyan, las fundaciones con un consejo de administración de integración temporaria y electiva y las Sociedades del Estado. La inclusión debería ser en su órgano de administración o el de fiscalización.
En el Boletín Oficial se expresa de este modo: debe haber “una composición que respete la diversidad de género, estableciendo una composición de los órganos referidos que esté integrado por la misma cantidad de miembros femeninos que de miembros masculinos. Cuando la cantidad de miembros a cubrir fuera de número impar, el órgano deberá integrarse de forma mixta, con un mínimo de un tercio de miembros femeninos”.
También señala que se aplica con posterioridad a la publicación de la norma, con lo que no correspondería hacia las sociedades que ya están inscriptas en la IGJ. Claro que la nueva norma presionará a las sociedades que ya están constituidas para que integren a mujeres en sus cuerpos directivos.
En uno de los artículos, la IGJ aclara que podrá, “a través del dictado de resoluciones fundadas y ante un pedido expreso al respecto, exceptuar de lo previsto de forma total, parcial, transitoria o definitiva, a la persona jurídica que así lo requiera, fundado ello sólo en virtud de circunstancias singulares, extraordinarias, atendibles y objetivas, derivadas de sus antecedentes constitutivos y/o tipo de conformación y/o de la actividad social tendente a la consecución de su objeto”.
El organismo, dirigido por Ricardo Nissen, advierte que “examinará oportunamente los reglamentos internos de las asociaciones civiles en orden a la existencia o no en ellos de previsiones que admitan o posibiliten discriminaciones arbitrarias”. Y que en caso de encontrarlas pondrá en conocimiento del INADI y del Ministerio de las Mujeres.
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Clarín
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