
El Juzgado de Instrucción número 16 de Barcelona (en funciones de Guardia) ha aceptado solo parcialmente, esta noche pasadas las dos de la madrugada, la petición de la Generalitat de Cataluña de
adoptar medidas extraordinarias, como consecuencia del brote del Covid-19, en tres barrios de Hospitalet de Llobregat (Barcelona). Según señala el juez y de acuerdo con el informe de la Fiscalía, la Generalitat puede imponer “recomendaciones y/o limitaciones mínimas” pero no así las medidas que pretenden “limitar las reuniones familiares y sociales, las actividades religiosas y las deportivas en tanto que sí afectan a un derecho fundamental”. En el auto, el magistrado recuerda que el decreto ley aprobado recientemente por el gobierno catalán, que modifica la ley de salud pública autonómica, no permite a la Generalitat la limitación de los derechos fundamentales, una potestad que debe pedirla el Gobierno y autorizarla el Congreso.
FUENTE DIARIO ABC: