El fallo se dio el pasado 11 de marzo de este año, lo que permite al Estado ejecutar las pólizas de garantía de anticipo y garantía de fiel
La sentencia hace lugar a la demanda por cumplimiento de contrato promovido por el Estado paraguayo en contra de Patria SA de Seguros y condena a la parte demandada al desembolso de G. 689.280.000 y adicionalmente al pago de interés moratorio.
El caso data de mayo de 2015 cuando el Comando de las Fuerzas Militares y el Grupo Sertec SA firmaron un contrato para el suministro y puesta en funcionamiento de ascensores, mediante el Contrato 23/15.
Ante un pedido de informe de la Dirección del Centro Financiero de la Jefatura del Departamento de Contrataciones, la Unidad responsable de la ejecución del Contrato 23/15 contesta mediante Nota 626/16, que el Grupo Sertec SA no estaba cumpliendo con la entrega y puesta en funcionamiento de los bienes objeto de adjudicación, conforme al plazo, lugar y condiciones establecidas en el contrato, dando inicio así al proceso de rescisión y reclamo indemnizatorio establecido en las pólizas de referencia.
La Procuraduría General, encabezada por el titular Sergio Coscia, y el procurador delegado Felipe Mercado, en representación del Estado paraguayo, requirió el cumplimiento de dos pólizas, libradas por Patria SA de Seguros y Reaseguros.
El informe señala que la primera es la póliza emitida en concepto de caución por garantía de adjudicación, cuyo monto máximo de cobertura es de G. 172 millones, y la segunda póliza fue librada en concepto de garantía de anticipo cuyo monto máximo de cobertura es de G. 516 millones.
Ambas pólizas reconocen como tomador al Grupo Sertec SA , y como beneficiario a la Unidad Operativa de Contrataciones de las Fuerzas Armadas de la Nación, Comando en Jefe; y se vinculan con la Licitación Pública Nacional 04/15, relativa a la adquisición, instalación y puesta en funcionamiento de cuatro ascensores para personas y tres ascensores camilleros, en el Hospital Militar Central de las Fuerzas Armadas de la Nación.

