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Pactan suspensiones para los trabajadores de las agencias de publicidad

Redacción TN by Redacción TN
8 junio, 2020
in Economia
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Con el objetivo de sostener las fuentes de trabajo del sector, la Asociación Argentina de Publicidad y el Sindicato Único de Publicidad (SUP) firmaron un acuerdo de emergencia que permite una

suspensión con reducción del costo salarial de los empleados que no se encuentren prestando tareas.

El convenio establece el pago de asignaciones no remunerativas a aquellos trabajadores que sean suspendidos. Ese monto corresponde al 80% del salario neto que hubieran percibido durante el mes de marzo de 2020. Para llegar a ese porcentaje podrán computarse “los pagos que correspondan a asignaciones compensatorias otorgadas por el gobierno nacional”, detalla el acuerdo. ‎El convenio determina que se deberán continuar abonando los aportes y contribuciones con destino a la Obra Social y al sindicato.

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El acuerdo marco también establece que aquellas agencias que apliquen las suspensiones deberán mantener su dotación de trabajadores sin alteraciones ni despidos durante un plazo igual a la vigencia del convenio.

La medida de emergencia acordada por la AAP, la Asociación Publicitaria de Agencias de Rosario (APAR) y el SUP tiene una validez de 60 días y entra en vigencia a partir del 1 de junio.

Además, la Asociación de Agencias de Publicidad estableció un protocolo sanitario para implementar cuando se reactive la producción audiovisual. “Si bien aún no tenemos fecha cierta para la reanudación de actividades de producción audiovisual, recientemente se estableció el Protocolo que regirá al momento de reiniciarse las mismas, incluyendo reuniones de preproducción y castings”, indicaron.

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El protocolo describe las prácticas para prevenir posibles brotes del COVID-19 entre el personal de la industria de la producción publicitaria, en acuerdo con las medidas preventivas determinadas por los distintos niveles de gobierno y la Organización Mundial de la Salud (OMS).

Este protocolo fue elaborado en forma conjunta por la Cámara de Productoras de Cine Publicitario (CACP) y el Sindicato de Cine (SICA) y es de carácter obligatorio para todas las partes participantes.

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