
Ana María Carmona es catedrática de Derecho Constitucional de la Universidad de Sevilla. Premio extraordinario de Doctorado por su tesis «La configuración constitucional del decreto-ley», publicada por el Centro de Estudios Políticos
y Constitucionales, es autora de diversas monografías sobre los derechos fundamentales y de derecho en la Unión Europea. Profesora visitante en las universidades de Palermo y Verona, en donde ha impartido lecciones de doctorado y grado. Participa como docente en el Corso di Alta Formazione in Giustizia Costituzionale, organizado por el Departamento de Derecho Público de la Universidad de Pisa. Ha realizado estancias de investigación en las Universidades de Pisa, Florencia, La Plata, así como en el Institute for Studies on Federalism and Regionalism de la European Academy en Bozen y en el Max Planck Institute for Comparative Public Law and International Law en Heidelberg. También ha participado en el documento «Ideas para la reforma constitucional» elaborado bajo la dirección de Santiago Muñoz Machado. ¿Qué opina de esa llamada «policía de balcones» que increpaba durante las primeras semanas de confinamiento a las personas que salían a correr solas a la calle o a pasear a su perro? A mí me parece lamentable. En el marco de un comportamiento ciudadano ejemplar, este tipo de actuaciones ponen de manifiesto un cainismo social que no tiene ninguna justificación. Para mí fue devastador ver a personas increpando a personas autistas que tenían que salir a la calle. Tengo amigos cuyos hijos adolescentes fueron abucheados por estas personas por sacar un perro a la calle. Esto no tiene ninguna justificación y emborrona un panorama que ha sido ejemplar». Hay también una cierta controversia jurídica sobre las normas de control de datos a través de la geolocalización de personas. Un reglamento europeo permite esa geolocalización en casos de epidemias sanitarias pero obliga a que todos esos datos se recojan de forma anónima. Algunas voces dicen que se han producido restricciones de derechos que encajan más en un estado de excepción que en uno de alarma. No estoy de acuerdo. El estado de excepción está previsto para situaciones de graves alteraciones del orden público que no se están dando en este caso. ¿No teme que puedan darse esas alteraciones en el futuro con los enfrentamientos entre manifestantes a favor y en contra del Gobierno a propósito de su gestión de la pandemia y de las normas que está aprobando? Este tema me preocupa y espero que se imponga la mesura, pero no creo que los conflictos que puedan producirse vayan a adquirir esa categoría. Supongo que esto lo comentará con sus alumnos en sus clases. ¿Qué les dicen sus almnnos? En este semestre tengo clase en mi máster de Derecho Constitucinal porque mi asignatura de grado ya la terminé. En el marco de este máster nos estamos planteando hacer un seminario virtual con los alumnos donde abordar toda la problemática constitucional que se deriva del estado de alarma. Tengo alumnos de muchos países latinoamericanos que están muy interesados en todo lo que está ocurriendo en España. Lo que trato de explicarle a todos ellos es que aunque algunas autoridades gocen de mayores poderes, en el estado de alarma no queda anulado el Estado de Derecho, que sigue siendo el marco jurídico de nuestro país.
FUENTE DIARIO ABC: