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Los Administradores de fincas advierten de que la mayoría de comunidades no podrán abrir las piscinas

Redacción TN by Redacción TN
19 mayo, 2020
in Argentina
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Los Administradores de Fincas han advertido de que las mayoría de las comunidades de propietarios no podrán cumplir las condiciones que se fijan en la orden que establece la apertura y el

uso de las piscinas en la fase 2 del plan de desescalada porque no disponen de los recursos o herramientas para llevarlos a cabo. Según el Consejo General de Colegios de Administraciones de Fincas, en muchas de las comunidades no hay personal responsable a cargo de la instalación que pueda controlar o limitar el acceso de los propietarios, que según la orden el aforo máximo es del 30%, y, en los casos que disponen de socorrista, su competencia se limita al control del vaso de la piscina. Además, destaca que para acudir a la piscina «se debe obtener cita previa y organizar horarios por turnos, fuera de los cuales no se podrá permanecer en la instalación». «No es posible gestionar citas previas sin personal o, al menos un teléfono y la inmensa mayoría de las comunidades de propietarios carecen de ambos recursos», explican los administradores, que recuerdan «la enorme controversia» que supondría tratar de alcanzar un acuerdo para el establecimiento de turnos, cuando todavía no están autorizadas las reuniones de las comunidades de propietarios. Respecto a la distribución de espacios en la zona de estancia de los usuarios de al menos dos metros entre cada uno, explican que si se marcan áreas de uso reservado para cada persona y se reserva zona para el acceso y de paso, el espacio disponible se reduce de tal forma que el aforo real puede ser muy inferior al obligatorio, lo que disparará los costes del servicio en proporción al número de usuarios. Aforo limitado y cita previa Según se publicó el pasado 17 de mayo en el Boletín Oficial del Estado (BOE), se podrá proceder a la apertura al público de las piscinas recreativas en la fase 2 siempre que se respete un aforo máximo del 30% de capacidad de la instalación y cita previa. La Orden del Ministerio de Sanidad establece que, en caso contrario, se reducirá dicho aforo a efectos de cumplir con la distancia de seguridad. Para poder acceder a la piscina se requerirá la concertación de cita previa con la entidad gestora de la instalación. Para ello, se organizarán horarios por turnos, fuera de los cuales no se podrá permanecer en la instalación. La Orden recoge que previamente a la apertura, se deberá llevar a cabo la limpieza y desinfección de las instalaciones con especial atención a los espacios cerrados como pueden ser vestuarios o baños. Asimismo, se deberán limpiar y desinfectar los diferentes equipos y materiales como, vaso, corcheras, material auxiliar de clases, rejilla perimetral, botiquín, taquillas, así como cualquier otro en contacto con los usuarios y que forme parte de la instalación.

FUENTE DIARIO ABC:

https://www.abc.es/economia/abci-coronavirus-administradores-fincas-advierten-mayoria-comunidades-no-podran-abrir-piscinas-202005191101_noticia.html

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