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El juez anula la multa de 300.000 euros impuesta a Airbnb por comercializar pisos turísticos en Baleares

Redacción TN by Redacción TN
19 mayo, 2020
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La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares (TSJIB) ha dictado una sentencia en la que anula la sanción de 300.000 euros que el Gobierno

balear impuso en 2018 a la plataforma Airbnb por comercializar pisos turísticos sin haberlos inscrito previamente en la Consejería de Turismo. El TSJIB ha estimado ahora, por tanto, el recurso presentado por Airbnb contra el Govern. La noticia ha sido avanzada este martes por el diario «Última Hora» y confirmada por ABC. El fallo hecho público ahora por el TSJIB considera que en este caso concreto habrían entrado en colisión una directiva comunitaria y la normativa autonómica balear, debiendo prevalecer la primera en detrimento de la segunda. Se trata de la Directiva 2000/31/CE del Parlamento Europeo, relativa a determinados aspectos jurídicos de los servicios de la sociedad de la información, en particular el comercio electrónico en el mercado interior. Según dicha directiva europea, Airbnb no estaba obligada a que en su publicidad de viviendas vacacionales se tuviera que insertar el número de inscripción en un registro oficial del Ejecutivo autonómico. Por su parte, fuentes oficiales de la Consejería de Turismo han confirmado a ABC que, en cualquier caso, presentarán un recurso contra la citada sentencia del TSJIB. Antecedentes del caso Los antecedentes de este caso se sitúan en julio de 2018, cuando la Consejería de Turismo multó a Airbnb Ireland UC, titular de la plataforma online Airbnb, con 300.000 euros, por la supuesta comisión de una infracción «muy grave» de la normativa autonómica vigente, en concreto, por «haber comercializado viviendas turísticas de la isla de Mallorca sin la declaración responsable de inicio de actividad turística (DRIAT) o sin indicar el número de inscripción turística». Según el Govern, Airbnb habría llevado a cabo entonces esa presunta irregularidad, considerada como sancionable en el artículo 106.i de la Ley de Turismo. La citada ley había sido aprobada en 2012 por el Ejecutivo que entonces presidía el popular José Ramón Bauzá. Un lustro después, en 2017, ya con la socialista Francina Armengol como presidenta de la Comunidad, esa ley fue parcialmente modificada. Uno de los objetivos de esa modificación era intentar controlar de una manera más efectiva la oferta de alojamiento turístico considerada ilegal. En ese contexto, fueron varias las plataformas on line multadas en 2018 por la Consejería de Turismo partiendo de esa premisa, que en el caso de Airbnb se ha demostrado ahora infundada. Hace dos años, dirigía la Consejería de Turismo la ecosoberanista Bel Busquets, de MÉS per Mallorca, que además era la vicepresidenta de Armengol. En el presente mandato, Armengol sigue siendo la presidenta del Govern, si bien al frente de la Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo se encuentra hoy el socialista Iago Negueruela. Argumentación jurídica El TSJIB argumenta ahora en su sentencia que Airbnb «queda protegida» por las exenciones de responsabilidad previstas en la citada Directiva 2000/31/CE del Parlamento Europeo, al ser considerado como un «operador de intermediación que se limita a una prestación neutra, meramente técnica y automática, de alojamiento de contenidos insertados por sus usuarios». En ese sentido, Airbnb es un operador que está exento de controlar las condiciones en las que se publicitan las ofertas de alquiler de inmuebles. En sus conclusiones, el tribunal indica que «la obligación» que la Ley de Turismo de Baleares «impone a los titulares de canales de comercialización turística respecto a que en la publicidad de viviendas vacacionales se inserte el número de inscripción en registro —y correlativa sanción por su incumplimiento— debe interpretarse en el sentido de que dicha exigencia no se aplica a los prestadores de servicios de la sociedad de la información comprendidos en la Directiva 2000/31/CE». En ese sentido, la sentencia cita expresamente a Airbnb. «La imposición de sanción sin que la norma de cobertura le sea aplicable, constituye vicio de nulidad, por lo que procede la estimación del recurso contencioso-administrativo», determina finalmente el fallo del juez.

FUENTE DIARIO ABC:

https://www.abc.es/economia/abci-juez-anula-multa-300000-euros-impuesta-airbnb-comercializar-pisos-turisticos-baleares-202005191237_noticia.html

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