Brasil negó la extradición de Roberto González, quien había sido acusado por supuestamente, haber participado en delitos de lesa humanidad durante la década del 70. Estos hechos no fueron admitidos en los tribunales brasileños dado que no pudieron ser demostrados allí.
El pedido de extradición había sido cursado por el juzgado federal 12 de Comodoro Py, a cargo del cuestionado Juez Sergio Torres, de estrecha relación con el también cuestionado ex agente de inteligencia Horacio Stiuso.
Torres se habría negado a tomarle declaración a Stiuso en una causa por amenazas y a realizarle pruebas sobre consumo de drogas, algo incompatible con la función del ex agente.
Hoy día el Dr Torres integra la Corte Suprema de justicia bonaerense. En los mentideros tribunalicios, aseguran que Torres habria usado estas causas para lograr una salida ordenada del juzgado federal 12 y poder recalar en la Corte de Buenos Aires.
El alto tribunal del Brasil, en su resolución, informa que los hechos incoados están prescriptos y fueron amnistiados. Fueron muchas las presiones ejercidas desde organización de derechos humanos en las que operan ex terroristas y también desde la cancillería, en representación del gobierno argentino.
A continuación los claros fundamentos del Supremo Tribunal del Brasil:
Decisión: El Panel sostuvo por unanimidad que la extradición de los extraditados al gobierno solicitante no era factible, ya que los hechos ocurridos durante el período de la dictadura militar no resultaron punibles en Brasil, considerando la amnistía general, general y bilateral, versada en la Ley 6.683 / 1979 y la extinción del castigo por la prescripción del reclamo punitivo estatal, basado en el artículo 109, ítem I, del Código Penal, bajo los términos del voto del Relator. El Dr. Gustavo Zortéa da Silva habló por el Extradite. Primera clase, sesión virtual del 1.5.2020 al 8.5.2020.
