Al señor Director de Total News.De mi mejor consideración.Claudicación definitiva del Estado de Derecho.
Acta acuerdo firmada por reclusos con autoridades oficiales.
1.Tengo el agrado de dirigirme al señor director en virtud de la denominada “acta acuerdo” que el día 25 del corriente fue suscripta , por una parte, entre un recluso detenido en la cárcel de Villa Devoto, y por la otra por funcionarios acreditados del Poder Ejecutivo Nacional; a la misma y sorprendentemente acudieron a suscribirla los jueces doctores Hornos y Amorín.
2. La firma de dicha “ acta acuerdo” no fue otra cosa mas que la derivación del despliegue de una previa maniobra extorsiva llevada a cabo por una cantidad de reclusos que provocaron desmanes y disturbios el día previo, esto es el viernes 24 de abril.
3. No escapa a mi conocimiento –como acertadamente los ha sostenido el doctor Gustavo Feldman, en una columna de opinión del diario Perfil del día 25/04/20 que una vez que fue declarada la pandemia del COVID 19 por la OMS el día 13 de marzo del corriente año 2020 , la Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos a cargo de la médica y ex Presidente de la República Chile, Michelle Bachelet, emitió el 25 de marzo una recomendación general en la que dijo: “En esta crisis, los gobiernos se enfrentan a cuantiosas exigencias de recursos y tienen que adoptar decisiones difíciles. Pero les insto a que no olviden a las personas que están encarceladas o recluidas en instalaciones cerradas, tales como hospitales psiquiátricos, hospicios y orfanatos, porque las consecuencias de su abandono podrían ser catastróficas.” Y concluyó: “Ahora más que nunca los gobiernos deberían poner en libertad a todos los reclusos detenidos sin motivos jurídicos suficientes (perfilcom@perfil.com Dr. Gustavo Feldman).
4. Y agrega el mismo doctor Gustavo Feldman que el día 31 de marzo de este año nada menos que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos expresó: “La CIDH urge a los Estados enfrentar la gravísima situación de las personas privadas de la libertad en la región y a adoptar medidas urgentes para garantizar la salud y la integridad de esta población y de sus familias, frente a los efectos de la pandemia del COVID-19, así como asegurar las condiciones dignas y adecuadas de detención en los centros de privación de la libertad, de conformidad con los estándares interamericanos de derechos humanos. En particular, la Comisión insta a los Estados a reducir la sobrepoblación en los centros de detención como una medida de contención de la pandemia.(Fuente www.perfil.com).
5. Ahora bien, no se discute cuales resultan ser las recomendaciones emanadas de la instancia supranacional respecto de las condiciones de prisión o reclusión de las personas privadas de su libertad, tanto aquellas que vienen sufriendo prisión preventiva o bien cumpliendo condena firme.
6. El eje a debatir consiste en discernir que sucederá -de ahora en mas- desde el momento en que el Estado de Derecho -a través de sus autoridades constituidas- se hubo avenido a suscribir una suerte de “ acta acuerdo” con un individuo ( en ejercicio de una supuesta representación y erigiéndose en vocero de cierto sector de la población carcelaria) detenido e imputado de homicidio cediendo a un mecanismo indisimulablemente extorsivo.
7. Y digo extorsivo ya que los audios capturados por cierto sector de la prensa demuestran –y por cierto de modo incontrovertible- que ciertos reclusos ejerciendo una clara posición de liderazgo entre sus pares orquestaron calculadamente esa misma metodología extorsiva.
8. Se delata por esos audios como un recluso detenido en la cárcel de Villa Devoto le dice a otro que los disturbios ocurridos el día viernes 24 de abril constituyen un arma de “negociación” con las autoridades; y que si “la cosa no camina”, la revuelta iría a comenzar en Villa Devoto para luego expandirse en todos los establecimientos carcelarios del país. Dicho plan criminal se acredita, sin la menor hesitación, con tan solo escuchar dichos audios.
9. Para decirlo sin ambagues el Estado de Derecho ingresó a un sendero del cual no hay ya retorno posible; pactar con el crimen organizado conlleva a un genuino suicidio institucional; por cierto de ahora en mas los internos saben perfectamente en que posición de debilidad institucional ha quedado el Estado de Derecho.
10. Podría ponerse sobre la agenda de debate público acerca de las razones a partir de las cuales funcionarios del Poder Ejecutivo Nacional , idem de las Procuradorías Penitenciarias que suscribieron dicha “acta acuerdo” con los internos de Villa Devoto aceptaron dicha propuesta extorsiva.
11. Lo que resulta decididamente inadmisible que –so pretexto de que se desencadene una masacre carceclaria- los magistrados doctores Hornos y Morín hayan cedido ante tamaña y virulenta extorsión.
12. Es de suponer que el Poder Ejecutivo Nacional erigido en garante exclusivo de la seguridad -tanto de los funcionarios del Servicio Penitenciario Federal como de la población carcelaria- dispone de las suficientes herramientas y de la idoneidad profesional para reconstituir con las herramientas que brinda el mismo Estado de Derecho el orden quebrantado en la cárcel de Villa Devoto sin necesidad de ceder a las pretensiones extorsivas de los reclusos.
13. El día 25 de abril del corriente año 2020 marca el la definitiva claudicación del Estado de Derecho y una contundente victoria ya consolidada del crimen organizado.
14. Y lo que es peor aun, magistrados con formación judicial, apegados al orden jurídico, se han colocado en pie de igualdad asumiendo una posición de paridad con potenciales delincuentes; han perdido por tanto – y ante una enorme franja de la opinión pública- toda legitimidad.
15. Los doctores Hornos y Amorín han abierto, además, la caja de Pandora a todo tipo de situaciones imaginables, como ser por ejemplo, que en lo sucesivo familiares de los justiciables o abogados defensores de los reclusos se arroguen idéntico derecho a poner en práctica todo tipo de metodologías extorsivas en pos de la satisfacción de los intereses de sus clientes.
16. Para cerrar, y en particular, que quede bien en claro; los jueces Hornos y Amorín le han asestado un golpe letal a la administración judicial toda.
17. Sin otro particular, saludo al señor Director de muy atte.
Guillermo J. Tiscornia
Ex juez en lo Penal Económico
DNI n°11.371.779
