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Coronarivus: El mismo juez que le dio la prisión domiciliaria a Amado Boudou, se le negó a su socio en la causa Ciccone

Redacción TN by Redacción TN
21 abril, 2020
in Politica
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El juez Daniel Obligado, miembro del Tribunal Oral Federal (TOF) 4, denegó un pedido de arresto domiciliario al empresario José María Núñez Carmona en la causa Ciccone, en la que está condenado

a cinco años y seis meses de prisión, pese a haber sido incluido por las autoridades del Servicio Penitenciario Federal (SPF) como persona de riesgo ante el coronavirus.

Nuñez Carmona había reclamado el beneficio tras asegurar que, además, su situación era homologable a la de su ex socio, el ex vicepresidente Amado Boudou, que fue enviado a cumplir arresto domiciliario, porque las condenas de ambos carecen de “firmeza” y tiene que cuidar a su madre de más de 90 años que vive en Mar del Plata.

“En la actualidad no se advierten motivos que justifiquen la concesión del beneficio solicitado y apartarme del temperamento actual de encierro penitenciario”, sostuvo el juez del TOF 4 Daniel Obligado, quien debió resolver sobre la situación de Núñez Carmona y días atrás había definido la domiciliaria de Boudou.

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“Es necesario advertir que no estamos ante un supuesto en el cual las circunstancias y vínculos familiares que se valoran se vean menoscabados de tal manera que la situación de encierro amerite tornarse en domiciliaria”, remarcó el juez sobre Núñez Carmona, cuya madre (92) vive con la hermana del imputado en el mismo domicilio.

Núñez Carmona y Boudou, entre otros, fueron sentenciados con penas de prisión por irregularidades en el salvataje de la imprenta Ciccone Calcográfica, confirmadas por la cámara nacional de casación penal.

“El eje rector de la decisión que benefició a su consorte procesal (Boudou) fue la circunstancia de que su núcleo familiar primario se encontraba aislado a consecuencia de la pandemia que imposibilita los traslados”, sostuvo el juez en referencia a que la pareja del ex vicepresidente, de origen mexicano, se encuentra imposibilitada, por ejemplo, de viajar a ese país para recibir asistencia para cuidar a sus dos hijos mellizos de dos años.

Obligado sostuvo que los problemas de salud de Núñez Carmona (hipertensión, insuficiencia cardíaca, haber sido recientemente sometido a una angioplastía y obesidad) están siendo bien tratados en su lugar de detención; que su situación familiar no es homologable a la de Boudou y que la falta de firmeza de la condena no constituye un elemento por si solo para morigerar su detención.

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“El nombrado está siendo correctamente atendido de sus afecciones de salud, puntualmente su patología cardíaca; ello sumado a sus condiciones de alojamiento, de las que cabe destacar su detención en una celda individual, compartiendo espacios comunes con un grupo de diez detenidos, y en un pabellón con un 55% de ocupación“, dijo el juez.

“El argumento novedoso que intenta la defensa del interno José María Núñez Carmona es asimilar su situación procesal y de encierro, en un todo a la del coimputado Amado Boudou, para que se decida favorablemente su pedido en idénticos términos”, remarcó.

Añadió que “la falta de firmeza de la sentencia que involucra a las personas condenadas en la causa no es un concepto que de por sí viabilice tornar el encierro penitenciario en domiciliario, sino, más bien, coadyuva a un marco referencial que, aunado a otros elementos convoquen entonces sí a tal posibilidad. En pocas palabras, no es un argumento central“, explicó el juez en su fallo de 17 páginas.

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