
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este viernes el uso y la comercialización en todo el país de un aceite de oliva y una
pulpa de tomate.
La disposición 1595/2020, publicada en el Boletín Oficial, indicó que el producto “en cuyo rótulo luce: Aceite de oliva Extra Virgen, marca Oleum Flumen, Procedencia Mendoza” y que era comercializado a través de la plataforma digital Mercado Libre “no cumpliría con la información obligatoria”.
Se detalló que “por carecer de registros de producto (RNPA) y establecimiento (RNE) y por estar falsamente rotulado” resulta ser en consecuencia “ilegal”.
En tanto, la disposición 1597/2020 hace mención al “producto rotulado como: Alimento con 50% de pulpa de tomate, libre de gluten, marca: Mi Pupa, RNE N° 025/08-003069-3-7, RNPA N° 025/08-003069-3-7/061, a los lotes 156, 157, 158, 159, 160, 161, 162, 163, 164, 165, 166, 167, 168 y 169, con fecha de vencimiento desde 21/08/2020 al 15/10/2020”.
Se prohíbe su comercialización por estar adulterado y falsamente rotulado “resultando ser en consecuencia ilegal”.
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