
Los agricultores y ganaderos tendrán hasta el 15 de mayo de plazo para presentar la solicitud de ayudas de la Política Agraria Común (PAC), de acuerdo con una orden del Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación que publica este sábado el Boletín Oficial del Estado (BOE) y que amplía en quince días la fecha inicial para realizar este trámite. De acuerdo con la publicación oficial y un comunicado remitido por el Ministerio, esta decisión, que amplía en toda España hasta el 15 de mayo el plazo de presentación de la solicitud única de los pagos directos a la agricultura y ganadería para el año 2020, se ha adoptado tras las restricciones impuestas a la movilidad de las personas tras la entrada en vigor del real decreto que ha declarado el Estado de Alarma por la pandemia de COVID-19, lo que dificulta la presentación de la solicitud única de las ayudas. Agricultura ha indicado que el plazo para registrar la petición de ayudas comenzó el 1 de febrero y estaba previsto que concluyera el próximo 30 de abril y ha añadido que a la prórroga que contiene la orden ministerial se podría sumar otra más, hasta el 15 de junio, si así se incluye en un reglamento que está desarrollando la Comisión Europea a petición de España y de otros países. También dependerá de la evolución del Estado de Alarma. Mientras el ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas, ha señalado que ampliar el plazo se trata de una medida que «dará mayor tranquilidad a los beneficiarios de la PAC», en el comunicado se ha indicado que el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), junto a las Comunidades Autónomas (CC.AA.), está promoviendo la presentación telemática de la solicitud única y otras alternativas para contrarrestar las restricciones a los desplazamientos. La presentación telemática de la solicitud la puede realizar o directamente el beneficiario o a través de entidades colaboradoras de acuerdo con las instrucciones dadas por las CC.AA. mediante citas telefónicas o la vía de comunicación que se establezca y podrán contar con las asistencia de organizaciones agrarias, entidades financieras, oficinas comarcales, etc. para realizar el trámite en plazo. La orden establece que en caso de no poder cumplimentarse todos los datos requeridos, se podrán completar o corregir con posterioridad para que todas las solicitudes cuenten con toda la información necesaria para que los procesos de gestión y pago se desarrollen con total normalidad, con la finalidad de que «todos los agricultores y ganaderos de España puedan presentar su solicitud única de ayudas de la PAC 2020 sin problemas y que empiece el proceso para que el futuro cobro de estas ayudas se produzca en los plazos habituales».
FUENTE DIARIO ABC: