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Dólares repatriados para pagar menos Bienes Personales: amplían el menú de inversiones

Redacción TN by Redacción TN
10 marzo, 2020
in Economia
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La Comisión Nacional de Valores publicó este martes en el Boletín Oficial la Resolución General Resolución General 828/2020 con la que amplía las posibilidades de inversión de los dólares que se repatrien

para evitar pagar la alícuota extra de bienes personales que se fijó para quienes tienen activos registrados fuera del pais.

Hasta ahora, lo que estaba disponible para evitar ese pago extra era la repatriación de dólares por el equivalente al 5% del activo declarado en el exterior, y depositarlo en una cuenta bancaria especial, con la obligación de mantener inmovilizado ese capital hasta el 31 de diciembre de este año.

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Es decir, si se declaró un patrimonio de, por ejemplo, 100.000 dólares, bastaba con repatriar 5.000 dólares e inmovilizarlos hasta fin de año para así no pagar la alícuota del 2,25% sobre el patrimonio declarado, y sí pagar la alícuota original que es, como máximo, del 1,25%.

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A partir de la resolución general, la CNV estableció que “los fondos provenientes de la repatriación de activos financieros situados en el exterior y depositados en cuentas habilitadas por las entidades financieras a ese único fin, podrán ser afectados total o parcialmente a la suscripción de cuotapartes de Fondos Comunes de Inversión Abiertos y/o Cerrados, de conformidad con las disposiciones establecidas en la presente Sección”.

Dichos fondos comunes, dice la CNV “deberán invertir al menos el 75% de su haber en activos emitidos y negociados en el país, pudiendo invertir el porcentaje restante en activos emitidos y negociados en los países que integran el Mercosur, más Chile.”

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Clarín consultó a Eduardo Herrera, responsable del área fondos comunes de inversión de Invertir en Bolsa, quien explicó que la repatriación de fondos ahora luce más atractiva. El plazo para realizar esta inversión es hasta el 31 de marzo. Y se la deberá mantener en el fondo, o retornarla a la cuenta especial, al menos hasta el 31 de diciembre de este año.

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“La clave es ofrecerle al inversor activos en dólares, para que no se incremente sensiblemente el riesgo de repatriar capitales” dijo Herrera.

En su opinión, estos fondos deberían invertir en Obligaciones Negociables de empresas argentinas, emitidas en dólares bajo ley argentina o extranjera, para obtener un rendimiento, medido en dólares, que podría llegar al 5% anual.

La cartera de Herrera, por caso, estaría integrada por caución colocadora en dólares (rendimiento del 0,3% anual) más diversas ON de empresas como AES Energy, Pan American Energy, Aluar o Pampa, para ocupar el 75% de la cartera “argentina” según la normativa de la CNV. El 25% restante podría aplicarse a bonos de corto plazo de Chile o Brasil.

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  • Bienes Personales

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