

La norma establece que los títulos en pesos “, devengarán intereses equivalentes a la tasa BADLAR de bancos públicos más 500 puntos básicos, a un plazo de
180 días, con vencimiento el 27 de mayo de 2.020″.
La resolución establece que “las Letras del Tesoro serán intransferibles y no tendrán cotización en los mercados de valores locales e internacionales y se amortizarán íntegramente al vencimiento”.
En el caso de las Letras del Tesoro en dólares “devengarán interés cupón cero con amortización íntegramente al vencimiento y no tendrán cotización en los mercados locales e internacionales, con vencimiento el 27 de mayo de 2020”.