

El Gobierno promulgó la ley de emergencia alimentaria nacional, que “garantiza en forma permanente y de manera prioritaria el derecho a la alimentación y la seguridad alimentaria y nutricional
El decreto, firmado por el presidente Mauricio Macri, dispone un “incremento de emergencia como mínimo del 50% de los créditos presupuestarios vigentes del corriente año correspondientes a políticas públicas nacionales de alimentación y nutrición”.
Además, se “faculta a partir del 1° de enero del año 2020, y hasta que dure la emergencia, al Jefe de Gabinete de Ministros de la Nación a actualizar trimestralmente las partidas presupuestarias correspondientes a políticas públicas nacionales de alimentación y nutrición”.
Para eso, indica el decreto, se tomará “como referencias mínimas el aumento de la variación porcentual del rubro alimentos y bebidas no alcohólicas del Índice de Precios al Consumidor y la variación de la Canasta Básica Alimentaria, que elabora el Instituto Nacional de Estadística y Censos”.
Además, faculta al Poder Ejecutivo a “disponer las ampliaciones y las reestructuraciones presupuestarias, y las decisiones administrativas conducentes a un abordaje efectivo de la emergencia alimentaria y nutricional”.
“Las reestructuraciones presupuestarias no podrán realizarse con la reducción de los créditos correspondientes a la finalidad Servicios Sociales”, dice.
El decreto recuerda que el “derecho humano a una alimentación adecuada se asume como una política de Estado que respetará, protegerá y promoverá un enfoque integral dentro de un marco de políticas públicas contemplada en cada ley de Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional que apruebe el Congreso de la Nación”.