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Explotaban sexualmente y subastaban mujeres: la Justicia los condenó a 8 años de prisión y a reparar económicamente a las víctimas

Redacción TN by Redacción TN
31 agosto, 2019
in Sociedad
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Hasta no hace mucho, dentro de un prostíbulo que tenía fachada de bar, hombres poderosos compraban mujeres para hacer con ellas lo que quisieran: las llevaban a casas o departamentos, las

encerraban, las drogaban y las usaban para armar fiestas privadas en las que, además de violarlas, podían llenarlas de golpes y cortajearlas.  

El bar Río Cabaña -en avenida Córdoba 4937, en el barrio de Palermo- tenía un target preciso: empresarios, diplomáticos, ejecutivos, narcos, orientales. Los clientes sabían que allí se pagaba caro -lo usual era en dólares- pero tenían permiso para todo. 

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Alguien hizo una denuncia y se activó una investigación que terminó esta semana con los dueños del prostíbulo -Horacio Alejandro Saran y su esposa Graciela Tomasi- condenados a ocho años y medio de prisión por trata de personas con fines de explotación sexual agravada de al menos 17 mujeres.

La fachada de Río Cabaña, en Avenida Córdoba al 4900, Palermo. Foto: Juano Tesone

La fachada de Río Cabaña, en Avenida Córdoba al 4900, Palermo. Foto: Juano Tesone

También fueron condenados a 8 años de prisión por el mismo delito Silvio Angel Tomasi y Gerardo Alberto Ketterer, que eran los encargados del lugar. Juan Carlos Milla, que trabajaba de mozo en el bar, fue condenado a tres años en suspenso como partícipe secundario, y fue liberado.

El matrimonio Saran y Ketterer, además, deberán pagar una multa de 125 mil pesos. Las penas fueron impuestas por el juez Daniel Obligado, del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 4.

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En su alegato, los fiscales Alejandra Mángano y Marcelo Colombo, titulares de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex) y Abel Córdoba, de la Fiscalía General N°2, habían pedido penas de entre 10 y 17 años de prisión,

También solicitaron el decomiso del dinero de una cuenta que los dueños de Río Cabaña tenían en Suiza -equivalente a más de un millón y medio de dólares-, del local donde funcionaba el prostíbulo y del estacionamiento de al lado del bar, que es del matrimonio condenado. También pidieron la reparación económica de las mujeres, que calcularon en 16 millones de pesos, y lo que sobrara, que se destine al Fondo de Asistencia a las Víctimas del delito de trata de personas.

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La titular del Programa de Asesoramiento y Patrocinio para las Víctimas del Delito de Trata de Personas de la Defensoría General de la Nación (DGN), Marcela Rodríguez, actuó como querellante en representación de una de las víctimas, a quien se le garantizó reservar su identidad.

Durante el juicio, Rodríguez explicó que estaban probados todos los componentes del delito de trata: el reclutamiento, la captación, la recepción, el acogimiento, la retención, el ofrecimiento y la venta de mujeres, con fines de explotación sexual. En este caso, contra 17 víctimas a las que habían engañado con la oferta de falsos trabajos, y a las que también habían sometido mediante hechos de violencia, amenazas, intimidaciones, coerción y abuso de su situación de vulnerabilidad.

La fachada. Río Cabaña se promocionaba como café, bar y hasta "casa de lunch". Foto: Juano Tesone.

La fachada. Río Cabaña se promocionaba como café, bar y hasta “casa de lunch”. Foto: Juano Tesone.

“Se ha vulnerado tanto la libertad en términos de autodeterminación como también la dignidad, la integridad física, psíquica y sexual de las víctimas”, dijo Rodríguez en su alegato.

Muchos clientes iban al bar, tomaban algo y se llevaba a las mujeres a hoteles de la zona. Pero en Río Cabaña también se hacían subastas de mujeres. Las paraban en una suerte de escenario. El público eran los “clientes” que escuchaban una voz que las describía (nombre de fantasía, edad, habilidades, idiomas). Así, mientras las mostraban y las exhibían como objetos, productos y cosas, los varones hacían sus ofertas. 

Podían ser diplomáticos, ejecutivos, en su mayoría orientales, pero a una mujer la compró un narco colombiano. Se las llevaban por días para sus fiestas privadas. A una mujer se la llevaron por un mes. Ellas volvían cortadas, golpeadas, llenas de moretones, violadas en todos los sentidos. Una de las víctimas quedó embarazada y fue obligada a abortar. No había manera de denunciar o irse: las tenían amenazadas, a ellas y a sus familiares.    

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“El target del prostíbulo Río Cabaña estaba constituido por clientes prostituyentes que también pagaban elevadas sumas de dinero para poder acceder a la compra de mujeres jóvenes subastadas, y en las cuales el ganador podría someter a la mujer comprada a prácticas brutales y sádicas, incluyendo el suministro forzoso de drogas y las violaciones, incluso en grupos de varios hombres, durante varios días, privándolas de su libertad y anulando absolutamente su autodeterminación -dejó en claro Rodríguez en su alegato-. Los acusados eran quienes organizaban estos mecanismos para su mayor provecho económico y sin la menor compasión por sus víctimas”.

En su pedido de penas y reparación integral de daños para las víctimas, la defensora de la DGN habló de la trata de personas como “este terrible delito que atenta contra derechos humanos primordiales y constitutivos de la persona como la libertad y la dignidad”.

Luego, tras la lectura del veredicto, Rodríguez consideró que “el valor de estas sentencias radica en el reconocimiento de las víctimas y sus derechos, en dar créditos a sus voces, y en garantizar su acceso a la justicia”.

Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer el 26 de septiembre.

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