Archivo de Notas TotalNews Agency
No Result
View All Result
No Result
View All Result
Archivo de Notas TotalNews Agency
No Result
View All Result

La Corte Suprema revocó una indemnización de $8 millones por un accidente laboral

Redacción TN by Redacción TN
12 junio, 2019
in Politica
0
0
SHARES
0
VIEWS
Share on FacebookShare on Twitter

La Corte Suprema de Justicia revocó una indemnización de $8 millones, que le había otorgado la Cámara de Apelaciones del Trabajo a Néstor Fabián Cannao, por considerar que se trataba

de una cifra “desmesurada” para un accidente en un dedo meñique, según establece la Ley de Riesgos del Trabajo.

Con la firma del presidente de la Corte, Carlos Rosenkrantz, junto con Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda, la Corte Suprema dijo que “el grado de incapacidad admitido por la Cámara resultaba irrazonable y desmesurado”. El juez Horacio Rosatti votó en disidencia, mientras que no votó Ricardo Lorenzetti.

Mirá también

Mirá también

La Corte Suprema ratificó la constitucionalidad de la Ley de Glaciares

Newsletters Clarín

Lo que tenés que saber hoy | Las noticias más importantes del día para leer en diez minutos

Lo que tenés que saber hoy | Las noticias más importantes del día para leer en diez minutos

De lunes a viernes por la mañana.

Recibir newsletter

Es que la Cámara del Trabajo había validado la pericia médica, que había estimado en 26,44% la incapacidad de Cannao, pese a que la Ley de Riesgos del Trabajo “establece un máximo del 5% de incapacidad total por la amputación del dedo meñique, es decir por la lesión más grave, que no fue la que le produjo al trabajador el accidente laboral que sufrió”, sostuvo el fallo de la Corte Suprema.

El monto original de la condena a la empresa Congeladores Patagónicos y a Provincia ART fue de $1,8 millón por daño material, más $400.000 por daño moral, que actualizadas superaban los $8 millones. Allí se planteaba que Cannao se había golpeado el dedo meñique con canastos llenos de langostinos, mientras estaba embarcado en un buque pesquero.

Mirá también

Mirá también

El nuevo Código Penal, por dentro: pena las imprudencias de tránsito y no contempla prisión por aborto

La Corte Suprema también señaló que para determinar el resarcimiento laboral, la Cámara de Apelaciones del Trabajo no tomó en cuenta las “circunstancias personales del damnificado ni los específicos efectos que las secuelas del accidente podían tener en su vida laboral”. Y destacó que “antes de vincularse con la empresa demandada, Cannao había “sufrido otro siniestro que le había causado una fractura en el mismo dedo”.

La Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo reclamó que se conformen los Cuerpos Médicos Periciales o Cuerpos Médicos Forenses en el ámbito de la Justicia, tal como determina la reforma a la Ley de Riesgos de Trabajo. Eso permitiría que estén integrados por “peritos expertos en la materia, elegidos por concurso”, que cobren sus honorarios por cada acto médico realizado y no como un “porcentaje del daño que ellos mismos determinan”, sostuvo la entidad.

Previous Post

El dólar bajó 2,30% y cerró por debajo de $45

Next Post

Mauricio Macri, sobre Miguel Angel Pichetto: “Me acompaña un patriota que quiere lo mejor para los argentinos”

Next Post

Mauricio Macri, sobre Miguel Angel Pichetto: "Me acompaña un patriota que quiere lo mejor para los argentinos"

Deja un comentario Cancelar respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

No Result
View All Result
  • Activity
  • Archivo TotalNews
  • Búsquedas
  • celp exchange details(Advanced Design)
  • cmc exchange details
  • Members

© 2025 Totalnews Agency