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Confirmaron un polémico fallo que le permitió a un motociclista renovar el registro sin pagar multas

Redacción TN by Redacción TN
9 mayo, 2019
in Sociedad
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Avanza en la Justicia la polémica sobre la renovación de la licencia de conducir de un motociclista que tenía deudas por infracciones de tránsito. La Cámara en lo Contencioso Administrativo de

La Plata avaló el fallo que considera que es inconstitucional exigir el certificado Libre Deuda para acceder a dicho documento.

El dictamen sólo alcanza a Mariano Martinelli, un platense que hace cuatro meses fue a la Municipalidad a renovar su registro y le negaron el trámite porque debía cinco multas. No pudo seguir con el proceso administrativo en la Dirección de Tránsito platense y entonces presentó un recurso de amparo.

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En marzo, el juez Juan José Ruíz, a cargo interinamente de un Juzgado Correccional platense, declaró inconstitucional un artículo del decreto 532 de 2009 (del Gobierno provincial), que exige el Libre Deudas de infracciones para tramitar el carnet de conducir en los municipios de la Provincia. Ruíz consideró que el Estado “cuenta con un régimen específico para el cobro de deudas por multas como lo es el juicio de apremio” y por lo tanto no se debe incluir entre las exigencias para renovar carnet el certificado de Libre Deuda.

Luego de esa decisión, la Municipalidad de La Plata y la Fiscalía de Estado bonaerense recurrieron a la Cámara de Apelaciones, porque consideran que en el fallo de primera instancia hay un “error conceptual”: “todas las regulaciones en materia de tránsito son potestad de las provincias”. A la vez, el requisito del Libre Deuda lo dispuso el Poder Ejecutivo bonaerense, es otro de los argumentos.

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“Ese mecanismo constituye una forma extorsiva de lograr el pago de las multas”, había planteado Ruíz como uno de los argumentos. No obstante esa determinación, el Municipio no entregó a Martinelli su carnet. “El sistema no permite” avanzar con la tramitación sin la constancia de Libre Deuda. Y además, explicaron los asesores letrados comunales y del Gobierno provincial, la medida judicial no estaba firme. Ahora, con el aval de la Cámara de Apelaciones, el conductor de la moto tampoco accedería al documento que le permite conducir. Es que el caso sería recurrido a la Suprema Corte provincial.

En ese cuerpo existe un antecedente que avala el planteo del ciudadano. Pero de todas manera, el caso Marinelli debería ser analizado como un caso particular más.

En la Provincia, la emisión de las licencias de conducir son potestad de las comunas. Las pruebas de aptitud se realizan en playones municipales con inspectores y controles de cada municipio. Sin embargo, el documento lo emite el Ministerio de Gobierno de la Provincia, a partir de convenios con los 135 distritos.

En La Plata el costo del registro es de 779 pesos. Y en cada jurisdicción los precios pueden variar por diferencias en los costos de la tasa municipal.

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Ahora, la cámara Contencioso Administrativo —integrada por los jueces Gustavo Juan De Santis, Gustavo Daniel Spacarotel y Claudia Angélica Matilde— sostuvo que “la imposición reglamentaria (el pedido de Libre Deuda) no solo desborda las fronteras de la ley, sino que avanza generando una inhabilitación no redimible hasta tanto supere el obstáculo de las deudas por infracciones, situación que en nada se vincula con las exigencias de aptitud y capacidades para conducir automóviles”.

La exigencia de tener al dia el pago de las condenas por infracciones de tránsito ya había sido cuestionada por otro tribunal en 2015. En ese caso, fue una cámara de Mar del Plata la que fijó una posición similar a la del juez Ruíz de La Plata. “[La exigencia de Libre deuda] pretende el pago de multas por la vía extorsiva, ejerciendo coacción con la retención indebida de un documento público”, había planteado el tribunal marplatense entonces.

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En el caso Martinelli, el juez platense argumentó que el Estado tiene otras vías para exigir el pago de las multas, como el juicio de apremio. Sin embargo, esa fundamentación fue rebatida por las autoridades provinciales. “El argumento del juicio por apremio es ridículo. No se pueden iniciar procesos de esas características para los miles y miles de casos porque quedarían saturados los juzgados. Por eso se exige el Libre Deuda antes de solicitar o renovar el carnet”, argumentó ante Clarín un técnico del área de Seguridad Vial de la Provincia.

La Plata. Corresponsalía.

LGP​

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