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Claudio Bonadio procesó a Cristina Kirchner con prisión preventiva por la compra de gas licuado

Redacción TN by Redacción TN
18 marzo, 2019
in Politica
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El juez Claudio Bonadio procesó este lunes a Cristina Kirchner por asociación ilícita, cohecho pasivo y administración fraudulenta en la causa en la que se investiga la compra de buques de

gas licuado. En el expediente, vinculado a la investigación central de los “cuadernos de las coimas“, mantuvo el pedido de prisión preventiva sobre la ex presidenta.

También fueron procesados los ex funcionarios Julio De Vido y Roberto Baratta, a quienes también se les mantuvo la prisión preventiva. Además, según confirmaron fuentes judiciales a Clarín, se establecieron embargos que van desde los 200 a los 300 millones de pesos. En el caso de Cristina, se le amplió el que ya pesaba sobre ella hasta los mil millones de pesos.

En la de los cuadernos de las coimas, la causa de corrupción más relevante de la historia argentina, la ex presidenta ya está acusada de ser jefa de la asociación ilícita que se dedicó a la recaudación de fondos ilegales que pagaban empresarios contratistas del Estado.

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Ahora, como una ampliación de la asociación ilícita y nuevos hechos de cohecho pasivo, más una acusación por administración fraudulenta, el juez Bonadio la encontró responsable y la procesó manteniendo el pedido de prisión preventiva del expediente principal.

En esta causa se incorporó un nuevo peritaje, ya que el primero que había sido utilizado para procesar y detener a Baratta y De Vido fue desestimado por la Cámara Federal porteña.

En la resolución de 392 páginas a la que accedió este diario se determinó que esta causa es parte de la asociación ilícita que “comandó Cristina Kirchner”, cuya investigación tuvo su origen con los cuadernos del ex chofer Oscar Centeno. Se determinó que Cristina, ex funcionarios del ministerio de Planificación y empresarios del sector energético “conformaron la estructura que llevó adelante las maniobras ilícitas desarrolladas en la importación de gas natural licuado -GNL-, utilizándose, en una primera etapa que abarca el año 2008, inclusive, al día 12 de noviembre de 2012, a la empresa Energía Argentina SA (ENARSA) la gestión, adjudicación y pago de los cargamentos de GNL”.

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Para Bonadio, luego de esa fecha y hasta diciembre de 2015, la maniobra delictiva se continuó “tercerizando el proceso en la empresa Yacimientos Petrolíferos Fiscales -YPF- ,que comenzó a realizar la gestión de compra, es decir, a desplegar lo que antes hacía ENARSA, pero ésta continuaba adjudicando y pagando”.

Este expediente investigó una estructura que funcionó entre los años 2008 a 2015, y donde los 24 los imputados “pusieron en funcionamiento y sostuvieron en el tiempo, un sistema ilegal destinado a importar GNL a través de diferentes empresas internacionales que intervinieron sin proceso licitatorio, sino mediante un concurso de precios en el que el valor del fluido ya estaba definido, no existiendo negociación alguna al respecto”.

El juez dio por corroborada la participación de “intermediarios y la selección de agencias marítimas también sin licitación, que facturaron a precios con variaciones injustificadas”. Dichos componentes incidieron -según la resolución-, “en el precio finalmente abonado, que generó un perjuicio económico a las arcas del Estado, por un monto difícil de determinar, ya que ENARSA no realizó un adecuado control y seguimiento de la operatoria del PET”.

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Sobre la empresa ENARSA se explicó que, entre otras irregularidades, “no cumplió con los procedimientos de contratación con carácter previo a la firma de los contratos celebrados que garanticen la correcta adjudicación a los proveedores; informes de gestión presentados fuera de término ante el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios”.

La enumeración de irregularidades continúa: Enarsa “no cumplió con los plazos establecidos por la ley 19.550 y modificatorias para la presentación de los estados contables; no se indicó el monto total desagregado por fecha de las transferencias recibidas y que deberían rendirse; no se encuentran especificados y diferenciados los datos referidos a la cuenta bancaria a la que fueron girados los fondos transferidos por el Estado Nacional, como así tampoco los recaudados por ENARSA por la venta de combustibles a los beneficiarios”.

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Se dio por corroborada una sobrefacturación en las compras de GNL “total y aproximada de ciento veinticuatro millones setecientos cincuenta mil doscientos cincuenta y cinco dólares (124.750.255 dólares) y una subfacturación de, aproximadamente, ciento noventa y cuatro millones doscientos ochenta y ocho mil setecientos nueve dólares (194.288.709 dólares)”, indica la resolución.

En esta oportunidad, al dictar un nuevo procesamiento se encontró como responsables de las maniobras de cohecho a los empresarios Roberto Dromi y José Roberto Dromi, responsables de la empresa investigada “Dromi San Martino Consultores SA”, y a ex funcionarios de Enarsa como de YPF.

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