Archivo de Notas TotalNews Agency
No Result
View All Result
No Result
View All Result
Archivo de Notas TotalNews Agency
No Result
View All Result

La CNV definió las operaciones que deben notificarse al Registro de Derivados

Redacción TN by Redacción TN
5 diciembre, 2018
in Economia
0
0
SHARES
0
VIEWS
Share on FacebookShare on Twitter
La Comisión Nacional de Valores (CNV) estableció la obligación, para las entidades bajo su competencia, de notificar un conjunto de operaciones al “Registro de Operaciones de Derivados”.

La medida, adoptada

mediante la resolución 755/2018, alcanza a la celebración, modificación, liquidación y rescisión de todos los contratos de derivados concertados en forma bilateral fuera de los mercados autorizados por la CNV, es decir en mercados OTC.

Se fijaron asimismo los datos mínimos que deberá contener ese Registro de Operaciones.
La CNV destacó un conjunto de modificaciones dispuestas “como resultado de la consulta pública llevada a cabo y en función de las opiniones y propuestas recibidas”.

Por ejemplo, la incorporación de los pases al registro de derivados y la distinción entre la obligación de registro de derivados por los agentes y entidades bajo competencia de la CNV, del registro efectuado a los fines previstos en el artículo 189 inciso c) de la Ley N° 27.440 (de financiamiento productivo de PyMEs).

Previous Post

El Presidente presenta en Córdoba aviones Pampa de tercera generación

Next Post

El 4G se convertirá a fin de año en la “tecnología dominante” en América Latina

Next Post

El 4G se convertirá a fin de año en la "tecnología dominante" en América Latina

Deja un comentario Cancelar respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

No Result
View All Result
  • Activity
  • Archivo TotalNews
  • Búsquedas
  • celp exchange details(Advanced Design)
  • cmc exchange details
  • Members

© 2025 Totalnews Agency