

El decreto 976 dispone que aquellos sueldos mensuales superiores a 165 pesos quedan incluidos desde mañana en el pago del impuesto a las Ganancias. La medida reglamenta algunos puntos
Dentro de esa ley también se reglamentó otra disposición, referida a la imposición a las rentas derivadas de la enajenación y la transferencia de derechos sobre inmuebles, excepto los provenientes de la venta de la casa-habitación del contribuyente.
Según el decreto, las indemnizaciones a ejecutivos alcanzadas por Ganancias serán las cobradas por quienes hayan ocupado “cargos en directorios, consejos, juntas, comisiones ejecutivas o de dirección, órganos societarios asimilables o posiciones gerenciales que involucren la toma de decisiones o la ejecución de políticas y directivas adoptadas por los accionistas, socios u órganos antes mencionados” en los 12 meses previos a la desvinculación laboral, y que hayan ejercido el cargo “en forma continua o discontinua” dentro de ese período.