En una carta, Bullrich recordó que el 5 de agosto de 2009, el Fiscal de Control Administrativo de la Oficina Anticorrupción, José Vitobello, dictaminó que la Presidente "deberá abstenerse de ejercer el cargo de Directora Suplente de la empresa El Chapel S.A. mientras dure su cargo público en la Primera Magistratura" por conflicto de intereses.
La diputada subrayó que la resolución de Vitobello demostró " la incompatibilidad absoluta que establece el art. 92 de la Constitución al prohibir al Presidente Nación ejercer otras actividades simultáneamente con la Primera Magistratura".
Además, señaló que el mismo criterio arguyó Vitobello "respecto a lo establecido por el art. 13º de la Ley de Etica Pública (Ley 25.188), y el decreto 41/99".
"Para mayor abundamiento, la Resolución indica que las atribuciones previstas en el art. 99 de la CN, el Presidente de la Nación es el jefe supremo de la nación, jefe de gobierno, y responsable político de la administración general del país, el ejercicio del cargo de Directora Suplente en una empresa privada no asegura la total dedicación que el Presidente de la Nación le debe a sus funciones constitucionales y menos aún garantizar la separación de poderes", añadió la legisladora.
A criterio de la ex ministra de Trabajo de la Alianza, "además, queda demostrado en la investigación, que conforme surge de la publicación en el Boletín Oficial de la provincia. de Santa Cruz la empresa El Chapel S.A., puede llevar a cabo actividades relacionadas con el ámbito público como ser por ejemplo la revisión dirección, coordinación, inspección, replanteo, supervisión, y fiscalización de obras y servicios privados o públicos..".
Sin embargo, la legisladora consideró contradictorio que el fiscal haya también dictaminado que la presidenta Cristina Kirchner "no ha incurrido en la incompatibilidad establecida por el Art. 92º de la CN porque no habría desarrollado actividad alguna, desde su constitución."
Fuente: clarin