Solo un integrante de la familia cobrará la ayuda para monotributistas y trabajadores informales

El subsidio del programa “Ingreso Familiar de Emergencia” (IFE) de $ 10.000 será percibido por un solo integrante del grupo familiar. Esto significa, por ejemplo, que si una pareja de monotributistas,

ambos de la Categoría A o B, o uno está categorizado en A y otro en B, los $ 10.000 será percibido sólo por uno de ellos.

Así lo aclaró el titular de la ANSeS, Alejandro Vanoli​, ante una consulta de Clarín. “El beneficio es uno por familia”, respondió.

El artículo 3 del decreto 310 que establece el IFE fija que el subsidio “lo percibirá un integrante del grupo familiar y se abonará por única vez en el mes de abril del corriente año”.

Vanoli aclaró que en los próximos días, a principios de abril, va a estar el aplicativo para inscribirse desde cualquier celular o computadora.

Los beneficiarios de la AUH no tienen que hacer ningún trámite. Van cobrar en sus cuentas. “El resto, incluidos los monotributistas, deberá inscribirse a través de la web y registrar una CBU bancaria. Los pocos que no tienen cuenta bancaria podrán percibirlo a través del correo, indicó el funcionario.

Este subsidio, para los que tienen entre 18 y 65 años, es para los argentinos nativos/as o naturalizados/as y residentes con una residencia legal en el país no inferior a 2 años. Y comprende a personas desocupadas, quienes se desempeñan en la economía informal, monotributistas de las categorías “A” y “B”, monotributistas sociales y trabajadores y trabajadoras de casas particulares.

No obstante, entre otros, no percibirán el subsidio si el titular o algún miembro de la familia es monotributista de la categoría C o superiores, cobra planes sociales, es personal doméstico registrado, percibe la prestación por desempleo, los jubilados y pensionados y trabajadores del sector público o privado, a excepción de la AUH.

Además, en forma previa al otorgamiento de esta prestación, la ANSeS “realizará evaluaciones socioeconómicas y patrimoniales sobre la base de criterios objetivos que fije la reglamentación, con el fin de corroborar la situación de real necesidad del individuo y de su grupo familiar”.

Esas evaluaciones excluyen, entre otros puntos, a los que tienen propiedades o autos por encima de ciertos valores, rentas financieras o gastos superiores a determinados montos en tarjetas de débito o de crédito.

NE