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quien de esta manera hizo lugar al planteo presentado por el grupo empresario de medios local Jorge Estornel S.A y Otros, informó Diario de Cuyo.
El grupo empresario -con acciones en el grupo Vila de Mendoza, dueños del Canal 8 de San Juan, Supercanal y Diario Uno- había solicitado la inconstitucional de la ley, pero la presentación incluyó, además, un amparo para suspender la aplicación de la ley por considerar que la norma " viola la libertad de expresión; que implica un daño económico para las empresas; que limita las renovaciones de licencias; y en el caso específico de Supercanal, citan el peligro de pérdida de puesto de trabajo e ingresos de publicidad por 14 millones de pesos más IVA".
Aunque los amparistas habían solicitado la suspensión de 9 artículos, el magistrado, titular del 2º Juzgado Federal de la provincia determinó la suspensión de 6, aunque agregó a su medida cautelar los 42 y 43. En síntesis, los artículos supendidos son: 42, 43, 45, 46, 48 y 161.
El artículo 42 hace referencia a la discrecionalidad de la autoridad de aplicación para conceder licencias y el 43 autoriza a enajenar o gravar los bienes de una empresa de comunicación que dicha autoridad considere imprescindibles para la prestación regular de un servicio de comunicación.
Fuente : perfil