El magistrado aclaró que no existen los riesgos procesales que determinan la prisión preventiva de un acusado de un delito; Gerardo Romano lamentó la excarcelación.Además, aclaró que “las características del hecho y su encuadre legal -robo en grado de tentativa, artículos 42 y 164 del Código Penal-, tampoco autorizan la prisión preventiva”.