ABANDONO DE PERSONA

“Los verdaderos heroes de la historia son las personas comunes”
                                                                                    Jules  Michelet

De acuerdo al código penal , capitulo I, De los delitos contra la vida, articulo 106: “El que pusiere en peligro la vida o la salud del otro, sea colocandolo en situación de desamparo, sea abandonando a su suerte a una persona […] sera reprimido con prisión de 6 meses a 3 años.”. Por Malú Kikuchi     

 

Sin politicas, el clima determino este año la suerte del campo

campo_sojero.jpgNo es facil trazar un denominador común para todos los sectores englobados en la noción de “campo”. Pero si se trata de buscar la mejor noticia de 2009 para la mayoria (agricultores, ganaderos, productores regionales, y sus proveedores de insumos y clientes, sean industrias o exportadores), esto fue, sin duda, la lluvia.