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La Anmat prohibió dos especias de una conocida marca por estar adulteradas

Redacción TN by Redacción TN
23 mayo, 2019
in Sociedad
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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la venta en todo el país de dos variedades de especias de una conocida marca del rubro. Lo hizo por

considerar que se trata de productos adulterados.

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Según puede leerse en la Disposición 4241/2019, publicada este jueves en el Boletín Oficial, la Anmat prohibió la comercialización en todo el territorio nacional del “ají molido” marca La Parmesana, lote 181120, con fecha de vencimiento noviembre de 2020, RNPA N° 02-598292, elaborado y envasado por Poo Alimentos S.A., RNE N° 02-033526, y del “pimentón extra dulce”, marca La Parmesana, lote 180919, con recomendación de consumir preferentemente antes de septiembre de 2020, RNPA N° 02-598274, también elaborado y envasado por Poo Alimentos S.A..

En la misma disposición, el organismo ordena que se instruya un “sumario sanitario a la firma Poo Alimentos S.A. sito en Ex Ruta 41 y Ruta 5, Mercedes, provincia de Buenos Aires”.

Según se detalla en los considerandos de la medida, la decisión se tomó a partir de detectar que el ají molido La Parmesana, en la presentación de 50g, no cumplía con la normativa alimentaria vigente. Dice la disposición, textualmente: “El Departamento Control y Desarrollo del INAL emitió el Informe de Laboratorio N° 67-19 por medio del cual concluyó que la muestra analizada era un alimento adulterado que no cumplía con el artículo 1.200 del Código Alimentario Argentino (CAA), al presentar elementos histológicos de ají y de soja, amiloplastos de trigo y maíz“.

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A la vez, el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) analizó una muestra del “Pimentón extra dulce” La Parmesana, peso neto 50g, y encontró que el producto no cumplía con la normativa alimentaria vigente. El Departamento Control y Desarrollo del INAL emitió el Informe de Laboratorio N° 253-19 que concluyó que la muestra analizada era un alimento adulterado que no cumplía con el artículo 1.200 del Código Alimentario Argentino (CAA), al presentar “abundante cantidad de amiloplastos de arroz, amiloplastos de maíz, elementos histológicos de ají y de soja”. En consecuencia, el Departamento Vigilancia Alimentaria del INAL puso en conocimiento de los hechos a la firma Poo Alimentos SA y solicitó que procediera a realizar el retiro preventivo del producto del mercado nacional en un plazo de 48 horas en concordancia con el artículo 18 tris del CAA.

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