

Para el Tribunal los hechos deben ser ” ventilados en un debate oral y público, determinando las eventuales responsabilidades de las personas que han sido requeridas a
Los financistas y empleados bancarios habían ofrecido tareas comunitarias y pago de multas a cambio de no ser sometidos a juicio oral.
El Tribunal aludió a la necesidad de “ventilar probatoriamente y determinar en un juicio oral y público, y en su caso, cuáles y cómo han sido cometidas las maniobras de lavado de dinero endilgadas, mediante qué precisas maneras fueron ejecutadas y quiénes tomaron participación en las mismos, deslindando las respectivas responsabilidades”.
Los financistas fueron enviados a juicio por el juez federal Sebastián Casanello, procesados por su presunta intervención “en la conformación de una estructura jurídica, societaria y bancaria en la Argentina y en el extranjero para la canalización, conversión, transferencia, administración, venta, disimulo y/o puesta en circulación en el mercado, de fondos de Lázaro Antonio Báez, de procedencia ilícita, en pos de cortar todo lazo con los hechos que los originaron y, posteriormente, convertirlos e integrarlos al circuito económico formal bajo apariencia de licitud”.