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Alerta para contribuyentes: cuánto aumentan los gastos si se pasa del Monotributo al Régimen General

Redacción TN by Redacción TN
11 abril, 2019
in Economia
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Un monotributista de la mayor categoría pagará este año $ 75.054,96 entre impuesto, y aportes jubilatorios y de salud. Si fuese obligado a pasar al Régimen General debería pagar $ 275.787,88

como soltero o $ 219,523 si es casado con 2 hijos. Entre tres y casi cuatro veces más.

Este cálculo, del especialista impositivo Marcelo Rodríguez, cobra nuevamente vigencia a partir de las objeciones formuladas por el FMI en el reciente Informe que acompañó el desembolso de los más de U$S 10.000 millones.

Allí se señala que muchos monotributistas están mal o incorrectamente registrados como tales y que se debería reexaminar este Régimen Simplificado con relación a la totalidad del impuesto a las Ganancias. Y agrega que un importante paso sería elaborar un plan para auditar al 20% de los contribuyentes de este Régimen simplificado. También propone estudiar un sistema de pasaje o transición del monotributo al Régimen General –por el salto que produce– que incremente la tasa efectiva del impuesto.

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El especialista le dijo a Clarín que en el supuesto de un contribuyente que presta servicios profesionales a título personal, sin personal a cargo ni gastos vinculados con su actividad, como ser el caso de un escritor, un periodista, un profesor de educación física, o cualquier profesional independiente, la situación es la siguiente: para el año 2019 pueden facturar dentro del Monotributo hasta la suma de $ 1.151.066,68, siendo que la carga fiscal mensual, entre el impuesto integrado, aporte jubilatorio y obra social asciende a $ 75.054,96.

Si fuera obligado a pasar al Régimen General, por haber superado la suma citada, deberá asumir el pago anual del impuesto a las Ganancias y además el pago del aporte como trabajador autónomo. Entonces, la suma anual a ingresar deberá multiplicarse casi por cuatro, es decir que se incrementa un 300% y asciende a $ 275.787,88 bajo el supuesto de que el sujeto sea soltero y a la suma de $ 219.523 si fuera casado con dos hijos.

Supongamos que el contribuyente pasa al régimen general por haber incrementado sus ingresos en $ 200.000. Bajo este supuesto la carga anual asciende $ 345.788 para un soltero y $ 289.523 para un sujeto con cargas de familia.

Bajo el supuesto de haber incrementado sus ingresos en $ 500.000, la carga anual asciende $ 450.788 para un soltero y $ 516.450 para un sujeto con cargas de familia.

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Rodríguez agrega que otro aspecto a considerar se refiere al IVA (Impuesto al valor agregado). “Si el contribuyente factura sus servicios a una empresa que puede descargar el IVA que comienza a incorporar a los servicios facturados, el cambio de régimen no tendrá implicancias. Sin embargo, si se factura a un consumidor, el IVA va a incrementar el costo de su prestación debiendo, en muchos casos, asumir su costo atento a no poder trasladarlo”.

La idea de un empalme entre el Monotributo y el Régimen General no es una idea nueva. Así se sostiene que el salto que produce pasar de uno a otro Régimen fomenta el “enanismo fiscal” porque muchos contribuyentes, que deberían pasar al Régimen General, deciden seguir el Monotributo porque en una altísima proporción la mayor facturación quedaría atrapada por el mayor costo impositivo.

De todas maneras, según en el Reporte, el FMI dice que “las autoridades” consideran que semejantes medidas, que entre otras incluye elevar la alícuota del IVA sobre los bienes y servicios exentos o con tasas más reducidas, “requieren cambios en la legislación irrealistas de implementar en un año electoral”.

EP

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