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Ganancias: última semana para informar deducciones

Redacción TN by Redacción TN
27 marzo, 2019
in Economia
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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) recordó que este domingo 31 de marzo vence el plazo para informar las deducciones del Impuesto a las Ganancias correspondientes a 2018.

“Esta

presentación deberán hacerla quienes reciban ingresos por el ejercicio de cargos públicos nacionales, provinciales, y municipales; empleados en relación de dependencia; jubilados y pensionados que tengan subsidios; retiros de cualquier especie; o rentas de seguros privados y socios de cooperativas de trabajo”, detalló el organismo.

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Los importes que se podrán deducir, informándolos a través del servicio “SIRADIG –Trabajador” en la página web del organismo, son los siguientes:

* Las deducciones vinculadas a cargas de familia, con montos establecidos en $ 62.385 para cónyuge o $ 31.461 para hijo/a o hijastro/a menor de 18 años o incapacitado/a para el trabajo.

* Gastos médicos asistenciales por importes pagados en concepto de cuota o abono extra de medicina prepaga. La deducción no podrá superar el 5% de la ganancia neta del ejercicio acumulado.

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* De los préstamos hipotecarios se podrán descontar los intereses hasta $ 20.000 anuales, mientras que por gastos de sepelio el tope es de $ 996,23 (únicamente cuando ocurran en el país y sean por fallecimiento de empleado o alguna personas informada como carga de familia).

* Se podrá deducir hasta el 40% del alquiler de vivienda, siempre que no supere el mínimo no imponible de $ 66.917 y que el contribuyente no tenga otra propiedad a su nombre en forma total o parcial.

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* Quienes tengan personal doméstico a su cargo podrán deducir la remuneración y contribuciones patronales abonadas e incluidas en la cotización fija mensual, siempre que el monto anual deducible no supere la ganancia no imponible.

* Se podrán deducir las donaciones hechas al fisco nacional, provincias y municipios, instituciones religiosas, asociaciones, fundaciones y entidades civiles reconocidas por la AFIP como exentas del impuesto. Se podrá hacer hasta el límite del 5% de la ganancia neta acumulada del ejercicio.

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