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Denunciaron a su abusador 25 años después y lograron que haya un “juicio por la verdad”

Redacción TN by Redacción TN
17 febrero, 2019
in Sociedad
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Dos hermanas pudieron denunciar los abusos que aseguran haber sufrido por parte del novio de su madre, casi 25 años después de los hechos. La Justicia les dijo que el delito

había prescripto, pero apelaron y ahora un tribunal falló que el hombre vaya a juicio igual. Será especial, sin la posibilidad de una condena, pero podrá saberse la verdad. Las hermanas forman parte de la Campaña Contra la Prescripción de los Delitos de Violencia Sexual, que busca equipararlos con la tortura y reclama una nueva ley de imprescriptibilidad.

Las hermanas Victoria y Paula de chicas, en la época en ocurrieron los hechos que denuncian.

Las hermanas Victoria y Paula de chicas, en la época en ocurrieron los hechos que denuncian.

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En 1993, Victoria y Paula tenían 3 y 6 años. Según contaron a Clarín, su madre se había separado y tenía un novio. Al mudarse con ellas al PH de Villa Crespo, ese hombre, músico, comenzó a abusarlas. Los abusos se habrían prolongado por casi dos años. Las nenas se lo contaron a su madre, que terminó echando al hombre de la casa, pero no quiso denunciarlo. La denuncia la hicieron ellas en 2015, cuando ya habían cumplido más de 30 años.

Las hermanas son maestras, tienen parejas, hijos. Pero los recuerdos, las marcas, siguen ahí, latentes. A la madre no la vieron más. Ahora esperan que se sepa la verdad. “Este tipo sigue dando clases de música a chicos, sabemos que vive en Mar del Plata. No va a ir preso pero lo que más nos preocupa es que pueda seguir abusando de nenes y nenas”, explica Victoria a este diario.

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“Lo que nos hizo él fue tremendo, éramos muy chiquitas, no entendíamos nada… Y después, cuando pudimos hablarlo, nuestra madre nos decía que teníamos que guardar el secreto… Lo que nos hizo bien fue acercarnos a grupos de víctimas de abusos, nos dimos cuenta de que éramos un montón, y que teníamos que visibilizar el tema”.

La denuncia fue ante el juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 30, que declaró la prescripción, es decir, que por el paso del tiempo habían perdido el derecho a accionar judicialmente. Se tuvo en cuenta la ley vigente a comienzos de los 90, que marcaba un plazo para denunciar de 12 años desde los abusos. Y sobreseyó al acusado.

Antes de 2011, las víctimas de abusos tenían un plazo de doce años para denunciar. Ese año se sancionó la ley 26.705, conocida como “Ley Piazza”, que suspendía ese plazo hasta que las víctimas fueran mayores de edad (18 años). En 2015 se sancionó la ley 27.206, llamada “Ley de Imprescriptibilidad” y luego “Ley de respeto del tiempo de la víctima”. Ya no hay plazos, pero esta ley sólo se tiene en cuenta con los abusos cometidos después de 2015, que es el año en el que entró en vigencia la ley.

“Las pericias psiquiátricas y psicológicas que nos hicieron fueron tan contundentes que confirmaron todos los abusos que habíamos contado. Nuestro hermano mayor, varón, no había sido abusado, pero declaró como testigo y confirmó también todos los abusos. La fiscalía nos acompañó en la apelación”, cuenta Victoria.

La Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó lo decidido por el juzgado, con similares argumentos. Contra esta resolución presentaron recursos de casación tanto el fiscal como las abogadas de las víctimas, Marina González Rodríguez y Andrea Forgueras.

El 18 de diciembre de 2018 la Sala III de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional dio a conocer un novedoso fallo. Dos de los jueces confirmaron que el delito había prescripto, pero uno de ellos, Pablo Jantus, votó en disidencia.

Jantus interpretó la prescripción teniendo en cuenta los convenios y tratados internacionales ratificados por Argentina, como las Observaciones Generales de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Consideró que al momento de ocurrir los hechos denunciados, Argentina ya había firmado la Convención Americana de Derechos Humanos (en 1984) y la Convención sobre Derechos del Niño (en 1990), las que, asegura, tienen jerarquía superior al Código Penal. Y que en estas convenciones se garantiza el derecho de las víctimas al acceso efectivo a la justicia, el interés superior de niños y niñas y la obligación del Estado de protegerlos del abuso sexual. Concluyó que el delito no prescribió y que la causa debe continuar.

“Las niñas – ahora adultas– denunciantes habrían sido víctimas de violencia sexual por parte de un adulto de su confianza; denunciaron los hechos cuando fueron mayores de edad (antes habrían dado cuenta a su madre, quien no lo hizo) y el derecho de protección estatal lo tenían al momento de comisión de los hechos… Negarles el derecho a que se investiguen esos sucesos y, en su caso, a que sean juzgados y eventualmente sancionado su presunto autor –para salvaguardar el principio de legalidad– implica desconocer nuevamente el principio del interés superior del niño y, merced a la demora del estado en reglamentar la garantía de tutela efectiva que tenían las menores, consagrar la impunidad por el hecho, si se ha cometido”.

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Si bien el voto de la mayoría consideró que el delito prescribió, se les concedió a las víctimas -aún cuando no vaya a haber una pena para el acusado-, la posibilidad de acceder a un “Juicio de la verdad” que permita investigar los hechos.

“Es un fallo muy novedoso, que muestra que no hay que seguir linealmente las leyes sino que deben interpretarse a la luz de los convenios internacionales. Y dan la posibilidad de que siga el juicio, no para que vaya preso sino para que la sociedad sepa la verdad“, explica a Clarín la abogada Andrea Quaranta, consultora jurídica de elDial.com.

“Este fallo es un precedente importantísimo. Si bien él no va a ir preso, se va a saber la verdad -opina Victoria-. Parte de la sanación es hablar del tema, que haya justicia y que la culpa quede del lado del abusador. Tenemos derecho a estar bien, a ser felices”.

PS

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