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La Ciudad elaboró un proyecto de ley para regular los juegos on line en el distrito

Redacción TN by Redacción TN
28 noviembre, 2018
in Economia
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La iniciativa del Poder Ejecutivo se encuadra en las facultades que tiene la Lotería de la Ciudad de Buenos Aires para organizar, explotar y controlar los juegos

de azar y apuestas mutuas y prevé una recaudación de un monto cercano a los $ 500 millones anuales, según indicaron fuentes parlamentarias.

La propuesta remitida al Parlamento local estuvo acompañada de un convenio firmado entre la gestión de Horacio Rodríguez Larreta en la Ciudad y la de María Eugenia Vidal en la provincia de Buenos Aires para la coordinación de las acciones para la explotación de los juegos on line entre ambas jurisdicciones.

Según consigna el proyecto, “en los últimos años se registró un cambio sustancial en el desarrollo de juegos de apuestas, modalidades de entretenimiento y formatos vinculados con la industria del azar, producto de la creciente inserción de los denominados juegos on line”.

“La propagación de los juegos mediante celulares, tablets u otros mecanismos similares, favorecidos por esquemas cada vez más potentes y autónomos de conectividad, han transformado los sistemas de comercialización y explotación, a la vez que obligan a redefínir las acciones públicas para su regulación y fiscalización”, sostiene como argumento de la propuesta.

En ese marco, agrega que “se detectó la existencia de múltiples páginas de Internet que comercializan juegos de azar, las cuales han derivado en la realización de las correspondientes denuncias penales”, por lo cual advierte que “resulta necesaria la regularización de dicha materia a fin de mitigar la clandestinidad, proteger los derechos de menores, consumidores y usuarios, así como también prevenir el lavado de activos”.

Para avanzar en el control de la actividad, se propone la creación de “los juegos en línea” y los distingue entre “de azar o destreza, apuestas deportivas, apuestas juegos virtuales y apuestas eventos no deportivos realizados mediante la utilización de máquinas, instrumentos o soportes, de cualquier tipo o tecnología”.

En su artículo tercero establece que los juegos controlados serán los que “se producen efectos en el ámbito de esta jurisdicción y cuando la conexión al juego o realización de las apuestas pueda materializarse en la Ciudad de Buenos de Buenos Aires”.

Y prohíbe que sean apostadores de los juegos en línea “los accionistas, propietarios, partícipes o titulares significativos del operador de juego, su personal directivo y empleados directamente involucrados”.

En tanto que también suma al impedimento a “los deportistas, entrenadores u otros participantes directos en el acontecimiento o actividad deportiva sobre la que se realiza la apuesta y los directivos de las entidades deportivas participantes u organizadoras respecto del acontecimiento o actividad deportiva sobre la que se realiza la apuesta”.

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