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Tiene menos de 60 años y la Justicia lo autorizó a quedarse en un geriátrico

Redacción TN by Redacción TN
4 octubre, 2018
in Sociedad
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Una jueza porteña ordenó a un geriátrico mantener en ese establecimiento a un paciente con una enfermedad poco frecuente pese a no tener la edad mínima requerida para la internación. El

hermano del paciente había iniciado una acción de amparo contra el Ministerio de Salud de la Ciudad de Buenos Aires a fin de que se declare inaplicable el límite de edad establecido en el decreto n° 170/2018, que regula los establecimientos para personas mayores

Instituto Geriátrico Nuestra Señora de las Nieves.

Instituto Geriátrico Nuestra Señora de las Nieves.

La jueza Patricia López Vergara dictó una medida precautelar en la que ordena al Instituto Geriátrico Nuestra Señora de las Nieves, ubicado en Alvarez Thomas al 200, que mantenga la internación de un paciente pese a que todavía no tiene los 60 años requeridos para poder ingresar.

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La magistrada fundamenta su decisión en que el paciente padece una enfermedad poco frecuente llamada “cadasil cerebral autosomal dominat arteriopathy with subcortical infarcts and leukoencephaloppathy’ por lo que es necesario adoptar una decisión que resguarde la integridad y salud del paciente, de 53 años de edad, según publica el sitio ijudicial.gob.ar El fallo también ordena que el Gobierno de la Ciudad se abstenga de rechazar la incorporación del geriátrico al Registro Unico y Obligatorio de Establecimientos para Personas Mayores con motivo de la permanencia del paciente amparado en esa institución.

Instituto Geriátrico Nuestra Señora de las Nieves.

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Para tomar su decisión, la magistrada “ponderó las severas patologías de salud crónica que padece el hombre y su situación de discapacidad; circunstancias estas que se traducen en su absoluta dependencia de terceros y necesidad de asistencia permanente”, dice el fallo. López Vergara destacó además que este caso “no exige erogación alguna por parte del Ejecutivo local al hallarse acreditado que es la obra social quien abona su atención en el geriátrico”.

Para decidir su fallo, la jueza tuvo en cuenta las recomendaciones médicas que sugerían que tomando en cuenta “el examen, pronóstico, diagnóstico y tiempo de asistencia institucional no se aconseja cambio de institución ni en la atención médica que recibe y que considerando lo poco frecuente de esta enfermedad y el enfoque multidisciplinario con el que es tratado el paciente por parte de la institución y los profesionales que lo atienden, es de suma importancia que el paciente no sea trasladado a otra institución, ni cambiado su entorno (…) dejando expresamente asentado el riesgo sobre la salud del paciente que eso implicaría”.

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