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Los locales porteños de celulares usados deberán registrarse en un sistema online

Redacción TN by Redacción TN
13 septiembre, 2018
in Policiales
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La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó este jueves al mediodía un proyecto de ley del diputado Ariel Álvarez Palma (Vamos Juntos) para ayudar a combatir el comercio ilegal

de celulares.

El texto, que recibió 56 votos a favor y 2 abstenciones sobre los 58 diputados presentes en el recinto, regula aspectos relativos a la compra, venta y reparación de los teléfonos, sus repuestos y sus partes a través de la creación de un sistema online y gratuito.

Así, los locales que compran, venden y reparan celulares usados deberán registrarse en este sistema online.

El seguimiento estará a cargo de la Agencia Gubernamental de Control (AGC) y quienes no cumplan serán multados o estarán sujetos a ser sancionados con el secuestro de todo el material que no sea registrado.

“Este proyecto es una herramienta indispensable para atacar la economía de los que viven de comercializar celulares robados que en todo el país totalizan 5 mil por día”, señaló Álvarez Palma. Y agregó: “La obligación de presentar la documentación respaldatoria sobre la procedencia de los teléfonos permitirá controles cruzados. Quienes no puedan justificar el origen serán multados severamente”.

La ley propone que quien “comercialice y/o repare aparatos electrónicos usados de telefonía celular, sus repuestos o partes, y tuviere dichos elementos sin registrar la tenencia o los comercialice o repare, sin ingresar dichas operaciones en el sistema de comercialización de celulares, será sancionado/a con multa de un mil (1.000) a cuatro mil (4.000) unidades fijas y/o decomiso de las cosas no registradas y clausura del local o establecimiento”. Es decir, de unos 36 mil a 150 mil pesos.

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De la misma manera, quien tuviere esos aparatos “sin acreditar su legítima adquisición o tenencia será sancionado/a con multa de un mil quinientos (1.500) a cuatro mil quinientos (4.500) unidades fijas y/o decomiso de las cosas respecto de las cuales no se hubiere acreditado su legítima adquisición o tenencia y clausura del local o establecimiento”.

También establece que, “si la información ingresada en el sistema de comercialización de celulares fuere falsa, el titular del establecimiento será sancionado con multa de dos mil (2.000) a cinco mil (5.000) unidades fijas y/o decomiso de las cosas asentadas falsamente y la clausura del local o establecimiento y/o inhabilitación”.

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