

La medida fue dispuesta mediante la Resolución 41/2018 de la Secretaría de Industria, publicada en el Boletín Oficial, que lleva la firma del secretario Fernando Grasso, e
La misma fijó que “para poder ser librados al tránsito público, todos los vehículos automotores, acoplados y semiacoplados de producción seriada y cero kilómetro (0 km), ya sean fabricados en el país o que se importen, deberán contar con la respectiva Licencia para Configuración de Modelo (LCM)”.
Indicó que “para tramitar la Licencia para Configuración de Modelo, los fabricantes nacionales así como los importadores de vehículos, acoplados, semiacoplados y fabricantes de vehículos armados en etapas, deberán presentar cada solicitud, previa inscripción en el Registro Unico del Ministerio de Producción”.
Precisó que “una vez emitida la Licencia para Configuración de Modelo (LCM), la misma deberá ser actualizada a instancia del interesado en oportunidad de introducirse modificaciones”.