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Casación negó el arresto domiciliario al ex represor Ernesto “Nabo” Barreiro

Redacción TN by Redacción TN
3 mayo, 2018
in Politica
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La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal (CFCP), por mayoría, rechazó conceder el arresto domiciliario al ex mayor del Ejército y jefe del centro clandestino de detención La

Perla, Ernesto “Nabo” Barreiro, quien al cumplir los 70 años reclamó el otorgamiento del beneficio por razones de edad y salud.

Los camaristas Mariano Borinsky y Gustavo Hornos se opusieron al pedido que los defensores públicos hicieron en representación de Barreiro, en tanto que el juez Juan Carlos Gemignani sostuvo que, cuando el Tribunal Oral Federal Uno de Córdoba negó el arresto domiciliario, lo hizo con razones inexistentes en la ley.

El artículo 32 de la ley 24.660 establece que “la cárcel excluye de su ámbito a los mayores de 70, quienes deben cumplir la medida privativa de su libertad en su domicilio”.

También la fiscalía se había opuesto al arresto domiciliario al señalar que la unidad penitenciaria 34 de Campo de Mayo, donde está detenido Barreiro, puede atender exigencias relacionadas con la salud del represor.

Según informes médicos, Barreiro “se encuentra compensado hemodinamicamente sin signos de fallos de bomba, ni de paciente terminal, aún cuando requiere que el establecimiento penitenciario le provea de la dieta adecuada a la patología renal e hipertensión arterial que presenta”.

El informe de los expertos se expidió también sobre la necesidad de “control y administración de la medicación cardiológica, controles periódicos y traslados a centros de alta complejidad en caso de requerirlo”.

El voto mayoritario, como en numerosos precedentes, sostuvo que las causales de la ley 24.660 no se aplican en forma “automática” y recordó que la justicia federal de Córdoba concluyó que “las dolencias que presenta Barreiro, pueden ser debidamente atendidas por la Unidad Penitenciaria 34 Campo de Mayo”.

Geminiani, entre otras consideraciones, recordó que, para el otorgamiento del arresto domiciliario, la ley no establece ningún otro requisito que la edad de 70 años y citó tratados internacionales sobre los derechos de las “personas mayores”.

Para el voto minoritario “solo deben evaluarse y fijarse las condiciones a las que de hecho quedará supeditado el arresto domiciliario a fin de garantizar un real y efectivo control jurisdiccional”.

El ex mayor del Ejército y jefe del centro clandestino de detención La Perla fue condenado por graves delitos cometidos durante la dictadura en ese centro de detención, ubicado en la provincia de Córdoba.

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