Manuel Garrido y Mario Negri presentaron este martes un proyecto que reforma de Ley de Ministerio Público en el marco del debate de la ley 27.063, por la cual se sancionó un nuevo Código Procesal Penal de la Nación.
Los diputados advierten acerca de “la necesidad de que la misma sea debatida conjuntamente con una nueva ley de organización del Ministerio Público, porque esta reforma procesal involucra un cambio de paradigma de un sistema inquisitivo a un sistema acusatorio puro y queremos adecuar el diseño institucional del Ministerio Público a este proceso instaurado por el nuevo Código Procesal Penal de la Nación”.
Además, explicaron que el proyecto se fundamenta en tres ejes centrales: 1) Mayor control; 2) Más transparencia; 3) Democracia participativa.
En relación a los controles, el proyecto contempla modificaciones acerca de la estructura orgánica del Ministerio Público. Establece un Consejo de Fiscales y un Consejo de Defensores con amplias facultades, tanto sancionatorias como de participación en el proceso de selección y designación de magistrados.
En el mismo sentido, el proyecto otorga mayores facultades a la Comisión Bicameral Permanente de Seguimiento y Control del Ministerio Público de la Nación -la que, por cierto, nunca fue constituida-, y se establece el control externo por parte de la Auditoría General de la Nación, y también contempla la creación de una Oficina de Ética, un régimen especial de declaraciones juradas, se establecen requisitos rigurosos para la carrera dentro del ministerio público, y se regulan los concursos en concordancia con lo dispuesto por la ley 26.861.
En materia de democracia interna, Garrido indica que “se diseñó un mecanismo participativo para la imposición de sanciones y para la remoción de los magistrados”.
Por otro lado, el proyecto amplía las facultades de la Fiscalía de Investigaciones Administrativas, a fin de promover la participación activa de la misma, dotándola de herramientas institucionales tales como acceso a la información, legitimación activa y facultades procesales mayores a aquellas con las que actualmente cuenta.
Se propone en el proyecto que el Procurador General dure siete años en sus funciones, y que pueda ser reelegido por una única vez. Esto basado en la idea democrática de alternancia, idea que el constituyente parece haber tenido en cuenta en el artículo 120 de la Constitución Nacional, al no establecer –como sí lo hizo en el caso de la judicatura en el artículo 110 CN– la inamovilidad del/la Procurador/a General en su cargo.
Los diputados sostienen que “la reforma procesal penal no debe ser la excusa para concentrar poder sin controles, como pretenden la Procuradora Gils Carbó y el Poder Ejecutivo con su proyecto. Creemos, por el contrario, que la reforma debe fortalecerse con más calidad institucional, previniendo los abusos de poder y dotando de competencias a la Fiscalía especializada en investigar los casos de corrupción”.
fuente parlamentario.com