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Todo lo que usted quiere saber de una indagatoria y no se anima a preguntar

Redacción TN by Redacción TN
5 junio, 2014
in Politica
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El llamado a declaración indagatoria se produce cuando un juez tiene motivos suficientes para sospechar que una persona ha cometido un delito.
 
La indagatoria tiene lugar en la primera etapa del proceso penal y se llama Instrucción. Participan de esta audiencia juez, secretario, fiscal, indagado y su defensa.
 
Los motivos para requerir una indagatoria se basan en la información que hayan aportado a la causa judicial el fiscal, es a quien la Constitución Nacional le encarga investigar la posible comisión de un delito, o la parte querellante que no necesariamente existe en todo procedimiento penal.
 
Lo primero que se hace en la audiencia es hacerle conocer el hecho del que se le acusa y luego se le pregunta si va a declarar o no.
El espíritu de esta audiencia es darle la oportunidad al imputado de que se defienda del hecho delictivo investigado.
 
El juez lo invitará a manifestar la aclaración de los hechos y a indicar las pruebas que estime oportunas. Salvo que la persona prefiera no declarar o dictar su declaración, en este caso se le hará constar en lo posible, con sus mismas palabras.
 
Si el imputado no declara se da por terminado la audiencia. Si declara, luego el juez podrá formular al indagado las preguntas que estime convenientes, en forma clara y precisa, nunca capciosa o sugestiva. También el Fiscal y la defensa pueden formular preguntas.
 
Si por la duración del acto se notaren signos de fatiga o falta de serenidad en el imputado, la declaración será suspendida hasta que ellos desaparezcan.
 
Una vez terminada la audiencia el juez de la causa cuenta con 10 días hábiles para resolver la situación procesal del imputado, esto es, el procesamiento, el sobreseimiento o la falta de mérito.
 
Falta de mérito significa que no hay motivo suficiente como para procesarlo pero tampoco para sobreseerlo. En este caso el Fiscal deberá seguir investigando.
 
Si bien el plazo previsto por la ley para dictar la resolución es de 10 día muchas veces los jueces se exceden en tiempo.
 
fuente lanacion
Tags: PolíticaTodo lo que hay que saber sobre un llamado a indagatoria
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