El jefe de Gabinete, Jorge Capitanich, acompañado por el titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray, explicó esta mañana el nuevo mecanismo que se implementará para autorizar o no la compra de dólares para atesoramiento, luego de que el Gobierno decidiera flexibilizar el cepo cambiario.
Durante una conferencia de prensa en la Casa Rosada, Capitanich informó sobre las “nuevas reglas” para acceder a la compra de moneda extranjera para atesorar: “Podrán acceder a la tenencia de dólares todos los trabajadores registrados en relación de dependencia, autónomos o monotributistas inscriptos en la AFIP en función del ingreso mensual, habitual y permanente”, afirmó el funcionario.
Capitanich advirtió que podrán comprar dólares aquellos que ganen un mínimo de 7200 pesos por mes. En tanto, la compra tendrá un límite máximo de US$2000 por mes.
El Gobierno, además, reveló la fórmula -elaborada por el Banco Central (BCRA)- que utilizará la AFIP para habilitar o no a los ahorristas a comprar dólares. El cálculo fue difundido por el organismo que preside Echegaray.
A través de la resolución la Resolución General 3583 publicada en el Boletín Oficial, se informó que el recargo del 20% no regirá cuando la moneda adquirida sea depositada en una cuenta bancaria durante un período no menor a un año.
“Si el comprador de dólares lo deposita en cajas de ahorro o en plazo fijo en dólares no se aplicará el anticipo del 20%. Lo puede retirar cuando quiera, pero si lo retira antes de los 365 días deberá pagar el anticipo”, remarcó el jefe de Gabinete.
Para obtener la autorización de la AFIP, los ahorristas deberán ingresar al sitio web del organismo recaudador y llenar un formulario. En medio de la fuerte incertidumbre que genera la nueva operatoria, el jefe de Gabinete aseguró que se trata de un “mecanismo confiable”. “Será un sistema automático, transparente y con formula publicada a través de la página de la AFIP”, aseguró.
Finalmente, la AFIP reveló la fórmula que utilizará para habilitar o no a los ahorristas a comprar dólares. Foto: www.afip.gov.ar
Aquellas personas que obtengan la autorización para comprar moneda extranjera, deberán concurrir con el formulario de la AFIP a una entidad financiera dentro de las 72 horas hábiles posteriores a la realización de la consulta en la web del organismo recaudador. “El acceso por parte de las personas físicas será a través del sistema informático con los parámetros establecidos anteriormente y podrá recurrir con el formulario durante los próximas 72 horas hábiles a un entidad financiera para adquirir los dólares”, indicó Capitanich.
Según se informó, el organismo recaudador publicará en su sitio online la cantidad de operaciones que se realicen y el valor de los montos autorizados. “La AFIP publicará todos los días quienes hayan realizado operaciones por el sistema”, apuntó el jefe de Gabinete.
Horas después de la conferencia de prensa, Capitanich aclaró que no se revelará la identidad de lo ahorristas que hagan el pedido de autorización para comprar dólares.
fuente lanacion