
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha denegado la medida cautelar solicitada por Abogados Cristianos en referencia a la suspensión de la aplicación de las medidas sanitarias preventivas
para la contención del Covid-19. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal no cree que las medidas resulten desproporcionadas ya que «no se suspende la asistencia a los lugares de culto, únicamente se limita el aforo, la medida tiene una duración de siete días y se prevé un seguimiento de su evolución». «En todo caso, lo que hay que tener presente es que no se ha logrado acreditar que la medida impuesta cause daños de imposible o difícil reparación, que es el principal presupuesto para la adopción de cualquier medida», señala el tribunal a través de un auto recogido. Abogados Cristianos recurrió la decisión de la Junta de Castilla y León que supone la limitación de aforo a 25 personas en celebraciones religiosas de Valladolid y Salamanca establecida por la Junta de Castilla y León dentro de las medidas contra la pandemia del COVID-19
FUENTE DIARIO ABC: