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“Nadie lo sabía, pero dejó un testamento”, la sorpresa en uno de cada tres juicios sucesorios

Redacción TN by Redacción TN
16 septiembre, 2020
in Sociedad
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“¿Habrá dejado testamento?” La pregunta debe estar entre las diez más incómodas y/o desubicadas que sea posible formular, en especial en estos días, cuando las muertes por coronavirus copan, como

un denso halo, todo el ambiente. Pero quizás valga la pena hacerla: datos del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires evidencian -en base al promedio de los últimos ocho años- que en en el 31% de los juicios sucesoriosab intestato, es decir, aquellos en los que se asumía que el fallecido no había dejado ninguna “última voluntad”, resultó que sí había dejado un testamento donde especificaba la distribución de sus bienes.

Esta sorpresa para casi una de cada tres familias ocurre en medio de cierto optimismo dentro de este circuito jurídico, por la mayor “eficiencia” que registran, algo que se mide de modo muy simple: si fulano, en vida, dejó una “última voluntad”, tras su muerte, ese deseo debería cumplirse, algo que hace unos años no pasaba siempre…

El “viento en popa” se vino dando por la flamante digitalización del sector, un rubro que por décadas dependió del ir y venir de documentos entre oficinas, más los sellados y demás etcéteras. El empujón lo dio la cuarentena, con el impulso del Sistema Electrónico de Presentación de Oficios de Testamentos (SEPOT), “gracias al cual los escribanos pueden registrar testamentos sin casi moverse de su oficina. A la vez permite que los abogados que llevan los juicios de sucesión puedan consultar online al Colegio de Escribanos por la existencia de testamentos. La respuesta que demoraba 40 a 60 días, ahora solo 10”, detallaron en esa dependencia porteña.

Testamentos registrados por el Colegio de Escribanos de CABA




Fuente: Colegio de Escribanos de CABA Infografía: Clarín

Pero, además, aseguran, desde 2014 se viene viendo una mayor toma de conciencia -impulsada desde el Colegio- sobre la importancia de investigar si quien murió dejó o no un testamento. Quizás llame la atención pero, a diferencia de la mayoría de las provincias, en la ciudad de Buenos Aires esa consulta no es obligatoria, “lo que por años derivó en cierta inseguridad jurídica“, expresaron.

Según cifras de ese Colegio (dependencia que recibe un promedio de 100 consultas diarias desde juzgados de todo el país), en 2010, los “oficios judiciales” recibidos (el nombre técnico de esos pedidos de búsqueda de testamentos) fueron 2.575. En 2019, casi 20.000.

En el Colegio aclararon que “2020 es un año particular”. Es que, si bien -por las consecuencias obvias de la pandemia– podría haber más testamentos que nunca, las cifras vienen en baja. “Es por la cuarentena, que por meses paralizó la actividad judicial”, esbozaron.

En cuanto a los datos históricos de testamentos, en la última década hubo un crecimiento lento, de un 25% desde 2010, con entre 3.500 y 4.500 por año. Quienes toman la decisión de elaborar uno suelen estar en su edad jubilatoria y, obviamente, ser dueños de al menos un bien. 

Todo a mi gato

Una fuente administrativa del sector (que pidió no ser mencionada) compartió “una sensación”: dijo que en estos meses se ve bastante gente pidiendo modificar su testamento. La hipótesis es que, por el coronavirus y la cuarentena se puso en evidencia -en especial para la gente mayor- quiénes están cerca de verdad y quiénes no.

Ricardo Blanco Lara es prosecretario del Colegio Escribanos de la Ciudad y detalló que “el que hace un testamento, en general, o no tiene herederos forzosos, y por eso quiere legar sus bienes a terceros, o los tiene, pero elige redistribuir el tercio de bienes sobre el que la ley le permite decidir”.

En CABA, los testamentos confeccionados por un escribano se registran en el Colegio de Escribanos porteño. Foto Shutterstock

En CABA, los testamentos confeccionados por un escribano se registran en el Colegio de Escribanos porteño. Foto Shutterstock

Vamos por partes. “Herederos forzosos” son, 1) “descendientes”, es decir, los hijos, o los nietos, si los hijos fallecieron; 2) el “cónyuge”; y, 3) los “ascendientes”, o sea, padres o, de haber muerto, los abuelos. En el sector le llaman a esto “la legítima”.

De haber herederos forzosos, la ley argentina permite solamente “redistribuir” un tercio de los bienes. Ellos reciben su parte por default en los juicios de sucesión, sin necesidad de que haya un testamento escrito. Y cuando no lo hay, además, heredan el 100% del patrimonio.

Como la mayor parte de la gente tiene una “legítima”, los testamentos no son tan comunes acá. Aunque, decíamos arriba, en un tercio de los casos en los que se presumía que no iba a haber un testamento, resultó que había…

Un detalle más: el llamado “acto de última voluntad” puede ser redactado de puño y letra (“ológrafo”, el típico que aparece guardado en un cajón y del que después hay que verificar la firma con un perito, entre más vericuetos) y el formalmente confeccionado por escribano, que quedará registrado en el Colegio correspondiente.

Top 5

En el top 5 de los herederos más comunes de ese “tercio”, está, en primer lugar, “la mejora a un hijo. Por ejemplo, tenés tres, pero uno te acompañó y cuidó más, algo que genera decepción y conflicto. Pero los escribanos no vemos el después. Solo el antes”, aclaró Blanco Lara.

“Uno de los últimos casos que tuve fue un señor que le confesó a sus hijos de 40 años que había tenido una relación extramatrimonial, por la que tenía un hijo de 30. Vino a la escribanía e hizo un testamento en el que le mejoraba la situación porque entendía que le había dado mucho menos que a los demás”, recordó.

Parte de los trámites del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos se pueden hacer en forma virtual. Foto Shutterstock

Parte de los trámites del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos se pueden hacer en forma virtual. Foto Shutterstock

En el segundo puesto están las mejoras al cónyuge: “Suele pensarse erróneamente que el cónyuge hereda la mitad del patrimonio, pero no es así: solo retira su parte de la sociedad conyugal. Mucha gente quiere proteger a su pareja y le deja ese tercio”.

En tercer lugar, están los legados “a un amigo. En el cuarto, a las parejas extramatrimoniales“. Y en quinto lugar -sorprendió el escribano- “son comunes las mascotas… esto se ve mucho: en gente con o sin herederos forzosos. Recuerdo a una señora que le dejaba la mitad de sus bienes al encargado del edificio para que cuidara de por vida a su gato. Es increíble, pero mucha gente lo hace”.

Deterioro cognitivo

El Colegio de Escribanos lleva también un registro de “Actos de autoprotección”. Según Blanco Lara, “son comparables a los testamentos, pero mientras unos surgen efectos tras la muerte, estos impactan antes, a medida que la persona tiene un deterioro de su capacidad para manejar sus bienes y por eso necesita que alguien se ocupe de sus cosas”.

De 2010 a 2019, los pedidos de autoprotección crecieron más de un 230%, pero no están muy difundidos. El año pasado hubo 260 trámites de este tipo.

Lógicamente no son son trámites gratuitos. El arancel del Acto de autoprotección ronda los 20.000 pesos. El testamento, 28.000 pesos, “siempre que no haya designación detallada de bienes”, aclaró el escribano. Porque designar un porcentaje del patrimonio a cierta persona cuesta “cero pesos”, en comparación a dejarle una mesa ratona o un yate. El último, desde ya, proporcionalmente más caro que el primero.

Muchas personas mayores apelan al "Acto de autoprotección", para que terceros estén habilitados a manejar sus bienes. Foto Shutterstock

Muchas personas mayores apelan al “Acto de autoprotección”, para que terceros estén habilitados a manejar sus bienes. Foto Shutterstock

Las leyes locales son distintas a las extranjeras. “En Estados Unidos, por ejemplo, no hay herederos forzosos”, analizó Leandro Burzny, escribano de la ciudad de Buenos Aires. Agregó que “en Argentina la ley se aggiornó un poco en 2015, con el nuevo Código Civil, cuando se determinó la libertad para asignar un tercio de los bienes, que hasta ese momento era de solo un quinto”.

“Pero todavía queda bastante por modernizar. Hoy se debería poder testar a distancia, por videoconferencia”, como ya ocurre en algunos países de Europa.

Sin dudas, los cambios en la práctica suelen ser un reflejo directo de las necesidades sociales: “La mera convivencia no da derecho hereditario, lo que era un problema severo antes del matrimonio igualitario, cuando era común ver primos o sobrinos heredando todo, sin contemplar a quien había compartido la vida con esa persona”.

“Acá tenemos una connotación negativa de los testamentos. La gente piensa que uno lo hace porque está pensando en morir. Pero es exactamente al revés”, reflexionó Burzny, y concluyó: “Se debe testar para vivir. En otros países, otorgar testamento no se relaciona a un deseo de muerte sino de vivir tranquilo. Tener todo ordenado y evitar situaciones injustas”.

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