
“Entre 70.000 a 140.000 personas padecen epilepsia, según estimaciones médicas, sumada a otras enfermedades y patologías que son tratadas con cannabis medicinal, estaríamos hablando mal y pronto
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El legislador consideró que el Estado “no puede criminalizar” el uso medicinal de esta planta, puesto que debe primar el derecho a la salud, la vida y la dignidad humana.
Kemper argumentó que su eficacia está comprobada en enfermedades como esclerosis múltiple, mal de Parkinson y cuadros epilépticos, conforme con la experiencia de paraguayos y de organizaciones con quienes trataron el tema.
“Esto es un logro de ellos y de la lucha de muchas familias, como la organización Mamá Cultiva. Espero que sin pérdida de tiempo sea promulgada”, finalizó.
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El proyecto de ley sancionado modifica los artículos 30 y 33 de la Ley 1340/1988, que reprime el tráfico ilícito de estupefacientes y drogas peligrosas y otros delitos afines, y establece medidas de prevención y recuperación de farmacodependientes.
Es decir, no será punible la tenencia de cannabis o sus derivados para uso exclusivamente medicinal, en los casos en que el tenedor porte un certificado médico visado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
Así tampoco, la siembra, el cultivo, la cosecha ni el procesamiento posterior de plantas de marihuana, siempre que la persona o su representante legal los haga en un inmueble autorizado por la Secretaría Nacional Antidrogas (Senad).
