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Teletrabajo: el 57% de las empresas, con baja satisfacción por la nueva ley

Redacción TN by Redacción TN
19 agosto, 2020
in Economia
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Según un sondeo de la consultora Price Waterhouse & C Argentina, sólo el 37% de las firmas aplicaría teletrabajo una vez superado el aislamiento social preventivo y obligatorio. Esto es porque,

según halló el estudio, la ley de Teletrabajo que se aprobó el 30 de julio pasado tiene aspectos que generan preocupan en las compañías.

 

El 57% de las empresas manifestó un grado de satisfacción bajo con la la ley. El estudio cita entre los aspectos negativos los siguientes. “Reversibilidad unilateral por parte del trabajador, mayores costos, el rol de los sindicatos en la regulación del Teletrabajo, obstáculos en la contratación de personas que teletrabajen desde otros países para Argentina, jornada Laboral y Derecho de Desconexión, impacto negativo en concepto de flexibilidad laboral y compensación de mayores gastos”.

El sondeo fue realizado entre 195 compañías. Se llevó a cabo entre el 31 de julio y el 4 de agosto.

La mayoría de las firmas no cuentan con una percepción positiva de la normativa. El 37% de la muestra está analizando si aplicará teletrabajo como modalidad laboral una vez superado el ASPO. Mientras que el 7% decidió que no instrumentará la misma. “Con respecto a los gastos que las compañías están incurriendo (durante el A.S.P.O.) en ocasión del Teletrabajo, el 39% de la muestra no reconoce ningún tipo de gasto por este concepto en tanto el 61% restante se refiere al reconocimiento de gastos varios como internet, electricidad, almuerzo o refrigerio, silla y/o mobiliario para teletrabajar, entre otros”.

Según el trabajo de la consultora, “La Ley de Teletrabajo aprobada aún no cuenta con la correspondiente reglamentación. Es deseable pensar que esta última minimice, en la medida de lo posible, las falencias y aspectos negativos incorporados por la Ley e imprima a esta modalidad laboral de la flexibilidad, eficiencia y dinamismo que su aplicación representa y cuyos efectos han sido comprobados”.

La nueva norma estableció que los trabajadores que desempeñan tareas desde sus casas tendrán los mismos derechos y obligaciones que quienes desempeñan esas tareas en forma presencial. Algunos puntos que se destacan son la “desconexión digital” y la posibilidad que el empleado pueda pasar de trabajar en forma presencial a teletrabajo en pocos pasos. También que el empleador debe encargarse de pagar el hardware y software que usarán los empleados. Los trabajadores encontrarán ayuda para solventar los gastos en los que incurran por trabajar desde sus casas. La “desconexión digital” garantiza a los empleados un horario de trabajo en la jornada laboral.

 
Clarín

 

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